Gaceta del Salvador/Tomo 3/Número 82

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Gaceta del Salvador en la República de Centro-América (1853)
Número 82

página 1

TOM. 3º

NUM. 82.

GACETA DEL SALVADOR
EN LA REPUBLICA CE CENTRO-AMERICA.
La suscricion a este periódico importa seis
reales por trimestre vencido.—Los números
sueltos se espenderán a real.
Este periódico se publicará todos los viérnes de cada
semana.—Se admiten suscriciones en la Impren-
ta del Triunfo.
SAN SALVADOR Enero 28 de 1853.

Parte No Oficial[editar]

PARTE NO OFICIAL.

La Gaceta[editar]

LA GACETA.

San Salvador, Enero 28 de 1853.

No es si no con el mayor desaliento y desconsuelo que tomamos la pluma para escribir sobre nacionalidad; pues parece que la fatalidad conduce á los que encargados de dárnosla no hacen mas que volverla odiosa y malograr la ocasion de organizar la República.—Ya no tendrá efecto el malhadado Estatuto, por la desaprobacion y resistencia que ha encontrado en todas partes. Este fatal ensayo creimos que pondria en el seguro camino á la comision de constitucion para presentar la que apetece y quiere la Nacion; pero estamos informados de que el proyecto redactado es una obra orijinal y no ensayada en el mundo, que traeria tantos inconvenientes como el renombrado Estatuto.

Sin haberse ensayado entre nosotros la federacion del Norte, que ha hecho felices á aquellos americanos, y no hai motivos para pensar que entre nosotros no produjese los mismos bienes: pues nuestra constitucion de 824 no se le parecia mas que en el nombre como se ha demostrado en el papel publicado aqui en 845, que hemos insertado en esta gaceta, se pretende ahora crear otra especie de federacion quizá con mas anomalias que aquella.

La constitucion de 24 daba el Ejecutivo Nacional á un Presidente, ó Vicepresidente nombrado por la nacion, aunque subordinado al congreso absoluto, en que predominaba Guatemala.—Ahora se dá este poder á los presidentes de los Estados, uno despues de otro en el turno que se señala. De aquí resulta 1.º que la revolucion que sobrevenga al Estado donde reside el Gobierno Nacional se hace necesariamente trascedental á toda la Nacion. 2.º Que teniendo la lejislatura del Estado, y la nacional, poder sobre el Presidente del primero, que al propio tiempo lo que es de la nacion, cuando la lejislatura del Estado, por su mando en él, lo suspenda ó lo deponga, suspende ó depone al Presidente de la nacion, y lo sostituye como quiere; lo mismo que la lejislatura nacional, por el mando que tiene en la nacion, cuando lo suspenda, ó deponga, suspende ó depone al Presidente del Estado, con la diferencia de no poderlo reemplazar por sí, pues no es el Presidente de la República el que debe serlo del Estado, si no el Presidente del Estado el que debe serlo de la República.—Si se dice que el Presidente del Estado deja de serlo cuando lo es de la Repúlbica, resulta que un solo Estado elije al Presidente de los otros, con el engaño de elejirlo para sí solo, para no ser de él si no de la República. Considérense las desavenencias y los choques que habria con esta complicacion de funciones y facultades de autoridades, unas subalternas y al propio tiempo superiores, y otras superiores y al mismo tiempo subalternas, y si puede esperarse con ellas un dia de sosiego para la nacion. Considérese la parcialidad con que el Presidente de la República obraria en favor de su Estado y la prevencion contraria con que serian recibidas sus disposiciones en los otros. Poniéndose esprofeso á pensar lo que deberia hacerse para vivir en continuo choque, inquietud y guerras, no se habria hallado un medio mejor, pues él, es fecundísimo en esta mira.

Tranquilidad pública[editar]

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Descubrimiento importante[editar]

Compañía de Vapores en el Pacífico[editar]

COMPAÑÍA DE VAPORES EN EL PACIFICO.

Al capitan D. Tomas Wright, Ajente jeneral y director de la Compañía Centro-americana de Nicaragua por vapor.—Leon de Nicaragua.—San Salvador, 15 de Enero de 1853.—Mui Sr. mio.

Con referencia á mi carta fecha 12 del corriente y satisfaciendo el contenido de la suya fecha antes de ayer, le manifiesto: que acepto la Ajencia de la compañía Centro-americana de navegacion por vapor en los términos que U. me ha propuesto en sus cartas fechas 12 y 13 del corriente.

El costo de fletes, peaje y comisiones de un tercio de añil, ó llámese indigo, salido del Estado del Salvador (punto de produccion) hasta llegar á Inglaterra (punto de consumo) es el siguiente

Flete del Salvador á Izabal en mulas
$7.
Peaje en Izabal
2
Comision en id. de recibo y embarque
4
Flete de Izabal á Belice en buque de vela
1.
Flete de Belice de recibo y embarque
1.
Flete de Belice á Inglaterra en buque de vela $2.4 (en buque de vapor 3 $)
2.
4
Total....
$ 12. 2
El tercio de añil ó indigo, tiene 6 arrobas netas, y á mas un costal, un petate y un cuero para forrarlo, por término medio, pesa el tercio en bruto 7 arrobas españolas. El costo medio del añil, ó indigo, actualmente en este Estado, es el de seis reales la libra, y el tercio $ 112.4 reales. La produccion del año pasado de 1852 se considera en diez mil tercios—su valor 1,125,000 $.

Los meses en que se embarcará aquí el añil, ó indigo, serán Noviembre, Diciembre, Enero, Febrero y Marzo.

Tiempo que tarda un tercio de añil, ó indigo, salido del Estado del Salvador, en Centro América, hasta llegar á inglaterara. . . .Asaber.

Del Salvador á Izabal, en mulas—Dias
40
Recibo y embarque en Izabal
5
Tránsito de Izabal á Belice, en buque de vela
5
Recibo y embarque en Belice
4
Tránsito de Belice á Inglaterra en buque de vela 60 dias (en vapor 30)
60
Total, Dias—
114

Si el embarque de dichos bultos que hace en los puertos del Estado del Salvador, que son Acajutla, la Libertad ó la Union en buque de vela, tardar: en llegar á Inglaterra de 130 á 150 dias por tener que doblar el cabo de Hornos y entonces el flete de mar es de 4 á 6 $ bulto y 5 por ciento de capa.

Por los medios mas prontos hasta ahora conocidos, las cartas escritas aquí en 1.º de Enero, las recibirán en Lóndres el 22 de Febrero, es decir á los 52 dias; y viceversa, las escritas en Lóndres en 15 de Enero, las recibiremos aqui el 28 de Febrero, es decir, á los 43 dias de fecha.

Los vapores de la compañía, me parece que deben recibir la carga y pasajeros en los puertos de este Estado, al costado del buque—en todos ellos hai ajentes para el embarque y desembarque en Acajutla, los señores Suis y Romagosa: en la Libertad, el Jeneral D. Trinidad Muñoz; y en la Union, D. Nicolas Alvarez.

Si como me ha manifestado U. poner los tercios de añil ó índigo en Inglaterra á los 40 ó 45 días despues de recibirlos en los puertos de este Estado, y á un flete moderado, no hai duda de que su empresa de vapor conducirá los ⅔ de la cosecha, es decir, 6 á 7 mil bultos de ida y una cantidad considerable de mercancias de vuelta, especialmente de algun valor.

Saludo al caballero John Bozman Kerr.

 Quedo de U. atento y obediente servidor.

q. b. s. m.
(firmado.) Marcos Idígoras.


Esterior[editar]

página 3 página 4

Movimiento Marítimo[editar]

Avisos[editar]