Gaceta del Salvador/Tomo 4/Número 84
TOM. 4.º NUM. 84. Cojutepeque, Diciembre 7 de 1854.
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Parte Oficial.
[editar]Ministerio de Hacienda y Guerra del Supremo Gobierno del Salvador.
El Presidente del Estado del Salvador.
Que han cesado los motivos que impulsaron al Gobierno para ecsimir del pago de derechos los granos y demas frutos alimenticios, que espresa el decreto de 17 de Mayo del corriente año y que es justo dar un término prudente á los comerciantes que, en uso de la franquicia que dicho decreto concede, hayan hecho pedidos de aquellos artículos, á fin de que no sean perjudiciados en su empresa, ha tenido á bien decretar y
Art. 1.º—Se deroga el referido decreto de 17 de Mayo, que ecsime del pago de derechos los artículos siguientes: harina, trigo, cebada, maiz, arroz, centeno, mijo, lentejas, frijol, guisantes, habas, garbanzos, papas, iñámes, pan, galleta, biscochos y fideos de todas especies.
Art. 2.º—El presente decreto comenzará á tener su efecto del 5 de Abril del año entrante en adelante.
Art. 3.º—El Ministro de Hacienda y Guerra queda encargado de la ejecucion y cumplimiento de este decreto.
Dado en Cojutepeque, á 5 de Diciembre de 1854.
José María San Martin.
Bendicion de la Nueva Salvador.
[editar]Gobierno Eclesiástico de San Salvador: Cojutepeque, Diciembre 4 de 1854.
Al Sr. Ministro de Relaciones del Supremo Gobierno del Estado.
Con esta fecha ha tenido á bien el Illmo. Sr. Obispo omitir el acuerdo siguiente:
„No debiendo, segun el espíritu del cristianismo, emprenderse ninguna obra buena, sin incocar antes el ausilio de Dios Nuestro Señor; y no pudiendo ser mas santa, la de edificar una nueva Catedral: ahora que se trata de hacerlo en los Llanos de Santa Tecla, para ponerla á cubierto de una nueva ruina, que desde luego amenaza, por la constante y espantosa repeticion de los temblores de tierra; claro es que debe preceder un acto relijioso, a cualquiera otro, aunque tenga los fines mas honestos; y habiendo leido el Programa de lo que se intenta ejecutar en la prócsima Pascua de la Natividad del Divino Redentor, en los Llanos de Santa Tecla, lugar designado para edificar en él la nueva Ciudad; acordamos: que nuestro Secretario de Cámara y Gobierno el Sr. Canónigo Dr. D. José Ignacio Zaldaña, en uno de los dias anteriores al del 25 del presente, y que le parezca mas oportuno, bendiga, segun el rito de la Iglesia, el local designado para la nueva Catedral, y coloqué en él la Santa Cruz, signo sagrado que nos recuerda la obra de nuestra Rendicion; estendiendo la bendicion á toda la área, demarcada á la vez para la nueva ciudad, que desde luego, y por lo que á Nos toca, queremos se denomine: Nueva Ciudad del Divino Salvador, y en cuanto á celebrar, ó no, el Santo Sacrificio, el propio dia 25, lo dejamos á la prudente resolucion del espresado Sr. Canónigo, nuestro Secretario, con vista de las circunstancias; á cuyo cargo será el deber de elevar al Supremo Gobierno el presente acuerdo, y de trascribirlo al Sr. Gobernador del Departamento de San Salvador.
TOMAS, Obispo Electo de San Salvador, Administrador Apostólico.—Hai una rúbrica.”
Y en su cumplimiento, me hago el honor de insertarlo á US., para que se sirva elevarlo al superior conocimiento del Sr. Presidente del Estado; y al hacerlo, me es mui grato el suscribirme de US., tan atento como afectuoso servidor y capellan.
Contestacion del Ministerio.
[editar]Sr. Canónigo Dr. Don José Ignacio Zaldaña.
Por la estimable comunicacion de US. del dia de ayer, queda impuesto con satisfaccion el Gobierno de lo acordado por el Illmo. Diocesano, respecto á la bendicion que US. debe hacer en el lugar designado para la fundacion de la Nueva Ciudad del Divino Salvador, estimando el Sr. Presidente como altamente acertado que, ántes de dar principio á los trabajos, se bendiga la área demarcada y señaladamente el local en que debe levantarse la Iglesia Parroquial de la nueva poblacion.
Lo digo á US. en contestacion á su estimable ya citada, suscribiéndome, como siempre, su atento servidor.
Parte No Oficial
[editar]La Gaceta
[editar]Reforma del sistema municipal
[editar]Otra vez hemos hablado de las Municipalidades y los Alcaldes, con el objeto de recordarles sus principales atribuciones. Hemos creido que, al hacerlo, cumplimos un deber, llamando la atencion pública hácia esas corporaciones, que tanto pueden hacer y que tan poco hacen en beneficio de los pueblos.
Esta persuacion nos trae naturalmente á ecsáminar el orígen del mal, y á escojitar la manera de remediarle.
Uno de los motivos porque la institucion municipal ha venido á nulidad y las alcaldias á desprestijio y aun odiosidad, es porque en anteriores turbulencias aquellos cuerpos fueron, en manos de los militares, instrumentos de inícuas pretensiones. En las Municipalidades de los pueblos se ha apoyado todo pronunciamiento y mas de una Alcalde ha sido alguna vez obligado á llevar la carga de parque, por no haber hallado una béstia que se le ecsijiera perentoriamente. El temor de los vejámenes, en tiempos anormales, ha venido á unirse á otras causas; para hacer que en el dia huyan de servir estas cargas hombres de honor, de capacidades y de espíritu público, recayendo, en consecuencia, los cargos en personas las menos aptas, en infelices aldeanos, ó en jornaleros sencillos; y, lo que ha sido mui comun, en intrigantes perversos que, haciendo una granjería de la administracion de justicia, han sido la mas pesada carga para los pueblos.
Han influido tambien en la nulificacion á que aludimos la poca enerjía de las superiores en ecsijir la debida responsabilidad á los subalternos que no cumplen sus deberes, y la multiplicidad de leyes, que embarazan los actos de aquellos funcionarios. Pero sobre todo, no nos engañemos, es esencialmente viciosa la organizacion de las Municipalidades, y esto es lo que principalmente influye en el desprestijio de aquellos cuerpos. Los pueblos lo conocen ya, y cuesta trabajo encontrar en muchos, número competente de hombres aptos para renovar cada año tantos empleados.
Notorio es que esos cuerpos colejiados embarazan, mas bien que cumplen, las providencias gubernativas. El manejo de los fondos de propios no siempre es puro ni su inversion la que corresponde. En fin, ¿quién no ve y no palpa la inutilidad de esas corporaciones numerosas? ¿Quién no siente los malos efectos de su defectuosa organizacion? Pero nos ha faltado valor y desprendimiento para abandonar ideas, que siempre hemos tenido por buenas, aunque esperimentemos sus malas consecuencias.
Es, pues, urjente, ir pensando en dar á las Municipalidades, si es que aún deben ecsistir, una forma mas adecuada á nuestra circunstancias. Quizá valiera mas suprimirlas, que no sería en el Salvador donde primero se diese este paso. Sabido es que el Libertador Bolivar las suprimió en Colombia.
Pero sí aun deben subsistir, es preciso reducirlas á un número menor que el de que ahora constan, y distribuir mejor las atribuciones que á las corporaciones y á los Alcaldes competen respectivamente.
Los Alcaldes deben reducirse á uno en cada localidad y su nombramiento no debe dejarse al pueblo. Ajentes locales del Poder Ejecutivo y del Judicial, deben ser nombrados por el Gobierno, como lo son los Gobernadores de Departamento y los Jueces letrados de 1.ª Instancia. „El dogma de la unidad en el sistema gubernativo, dice el Sr. Burgos, ecsije que, así como no hai mas que un Administrador supremo para el Estado, uno superior para cada Provincia, y uno subalterno para cada Distrito, no haya mas que uno local para cada pueblo. De los derechos concedidos á las corporaciones municipales corresponden esclusivamente algunos al individuo que sea designado como ajente responsable de la Adminsitracion, y ni aun en las democracias puras, en cuya constitucion se ostentó mas preponderante elemento popular, ni aun en los accesos del demagojismo de la República Francesa, se confiaron hamas á los cuerpos nombrados por los pueblos.”
„Quizás no puede citarse un pais, dice el Sr. Ortiz de Zúñiga, aun los de instituciones mas democráticas, en que los ajentes del Poder Ejecutivo sea de nombramiento del pueblo, aunque á este competa por la Constitucion del Estado elejir sus representantes. Si hai algun fundamento para que el pueblo nombre á los majistrados que mas inmediatamente le gobiernan, el mismo habrá para que elija losque ejerzan igual poder á mayor altura, en el círculo de un territorio mas estenso.”
Las palabras de estos dos célebres escritores nos evitan entrar en pormenores que ellos abrazan. Observaremos todavia que siendo en el Estado tan estensos nuestros Departamentos, han menester los Gobernadores ausiliares mas espeditos para la ejecucion de las órdenes gubernativas y para el cum-
plimiento de las leyes que miran á lo económico y político. Los Alcaldes en las cabeceras e Distrito y aun en los pueblos todos no son otra cosa que Gobernadores en una jurisdiccion mas estrecha, ¿Por qué, pues, aquellos no son elejidos, como estos, por el Gobierno?
Volveremos á ocuparnos de éste asunto, esperando que al fin se decrete la reforma de las leyes municipales. Un solo Alcalde, nombrado por el Gobierno, con dos ó tres Concejales y un Síndico, de eleccion popular, llenaran los objeto de la institucion municipal si se les demarcan sus atribuciones de modo, que, facilitándoseles su ejecucion, sean verdaderamente útiles en cada localidad.
Visitas judiciales
[editar]En cumplimiento de la lei, ha dispuesto el Supremo Tribunal que se visiten por ahora dos Departamentos, y ha llegado á esta ciudad el Sr. Majistrado D. Ireneo Chacon para visitar el de Cuscatlan, debiendo salir en esta semana el Sr. Majistrado D. Rafael Villacorta á visitar el de San Miguel.
Estas visitas, que son de una utilidad conocida, y ejecutadas hoi por Majistrados celosos, darán no lo dudamos, los buenos resultados que al establecerlas se propusieron los lejisladores.
El Gobierno ha contribuido gustoso, con fondos del tesoro público y con escoltas militares, á las visitas de los Majistrados.
Ecsequias del Señor San Martin
[editar]Se celebraron en la Iglesia de San Sebastian de esta ciudad la misa de honras y ecsequias funerales de D. Joaquin San Martin, á espensas del Ilmo. Sr. Obispo, que quiso tributar á la amistad el último homenaje que la piedad cristiana rinde al mérito. El mismo Sr. Obispo entonó el sublime de profundis, agonizante clamor del ser que se refujió en el seno de la creacion; y el Sr. Cura de la Parroquia celebró la misa.
La concrrencia á estos actos fué numerosa, asistiendo los empleados del Gobierno; el cuerpo militar, y los vecinos mas notables de esta ciudad. Concluida la funcion, los concurrentes todos se dirijieron á casa del Sr. Presidente, á darle el pésame.
En Chalatenango, donde reposan los venerables restos del Sr. San Martin, se celebraron tambien las honras fúnebres y misa de cuerpo presente, con toda pompa y decora. Los Señores D. Manuel Antonio Evora, D. Manuel José Fajardo y otros amigos del difunto y del Sr. Presidente prestaron la mas eficaz cooperacion á la debida solemnidad de aquellos actos.
Ultimamente el Presbítero D. Manuel Alcaine, Cura de esta Parroquia, celebró tambien por su cuenta otra misa y funerales por el alma del difunto.
Tan señaladas demostraciones de afecto, y servicios como los que, en los últimos momentos, se prestaron al Sr. San Martin, han servido al Sr. Presidente de lenitivo de su intenso y justo pesar, y no han podido menos que ecsitar en su corazon, naturalmente agradecido,todos los estímulos de la mas viva gratitud.
Productos del Estado
[editar]Cuadro sinóptico de la clasificacion de los productos que figurarian en la Esposicion de Paris
[editar]Cuadro sinóptico de la clasificacion de los productos que figurarian en la Esposicion de Paris.
Primera Division: Materias primeras
[editar]Primer Grupo: Industria de las minas
[editar]Minas de plata. Muestras de los varios minerales.
Descripcion del método empleado en su estraccion.
Metales que se hallan mezclado con la plata.
(Oro, plomo, cobre, antimonio, &.).
Hierro mineral: método de su estraccion.
Hierro fundido, idem forjado: acero.
Combustibles empleados en las minas.
Combustibles minerales (carbon, antracita, lignito.)
Monedas hechas en el pais.
Segundo Grupo: Productos minerales no metalicos
[editar]Tercer Grupo: Muestras de madera
[editar]Cuarto Grupo: Sustancias alimenticias
[editar]Segunda Division: Productos agricolas
[editar]Primer Grupo: Añiles
[editar]Segundo Grupo: Maiz
[editar]Tercer Grupo: Ganado y productos de haciendas
[editar]Cuarto Grupo
[editar]Quinto Grupo: Industria del balsamo
[editar]Sexto Grupo: Cafe. Sus variedades
[editar]Séptimo Grupo: Cacao
[editar]Octavo Grupo: Insectos nocivos a la agricultura
[editar]Tercera Division: Artefactos, ciencias y bellas artes
[editar]Primer Grupo: Industria del hierro
[editar]Segundo Grupo: Industria de los tejidos
[editar]Esterior.
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Inserciones.
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Variedades.
[editar]Movimiento Maritimo
[editar]Puerto de La Union
[editar]Noviembre 15.—Goleta Haitiana „Espedicion” del porte de 166 toneladas, procedente de San José de Guatemala, al mando de su Capitan D. T. A. Mullez, con harina de trigo y de maiz, frijoles, lentejas &c.
Idem 16.—Goleta Costa-Ricense „Tres Amigos” para Punta-Arenas y escala en el Realejo. Cargó aquí 1,497 sacos harina de un quintal c/u, 21 zurrones añil y 17 cajas coñac.
Idem 19.—Goleta Chilena „Correo del Pacífico” para Valparaiso y escala en el Realejo: en lastre.
Comandancia del Puerto de la Union, Noviembre 20 de 1854.