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Johán de la Coba

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Tradiciones peruanas: Tercera serie (1894)
de Ricardo Palma
Johán de la Coba


Antaño e ogaño


La tradición que va a leerse tiene más padres que el mamón aquel de que habla el romance de Quevedo. Hémosla escrito teniendo a la vista, entre otros documentos, las Memorias de los virreyes, donde se habla de la bancarrota del banquero padre Juan de la Cueva, y una graciosa y bien comprobada biografía que Acisclo Villarán publicó en La Broma.

Según Acisclo que, por razón de empleo, hace y deshace del archivo de la municipalidad de Lima, don Juan de la Cueva y Campuzano, consiliario perpetuo de la Inquisición y guarda mayor de montes y plantíos de la ciudad de los reyes, desempeñaba en 1834, entre otros mercantiles, el cargo de tesorero de la riquísima archicofradía de la Virgen de la O; y añade el chistoso biógrafo que un día anocheció y no amaneció en Lima, fugándose más redondo que la O de que era tesorero. Doscientos mil duros mal contados se evaporaron con su señoría, que no paró hasta Lisboa.

Siguiose causa criminal al ausente y, mientras ella se sentenciaba, dispuso el Cabildo que un muñeco o figurón de trapo, con joroba doble, antiparras de cáscara de chirimoya y un plátano por nariz, montado sobre un jumento enclenque, se exhibiera, representando al de la Cueva en las procesiones de Corpus y Cuasimodo, paseo de alcaldes, volatines del Tajamar de los Alguaciles, maromas de Matienzo y demás farsas públicas y recreos populares; permitiéndose a los concurrentes hacer mofa e irrisión de su nombre, dirigirle injurias y hasta llamarlo hijo de... cabra. Los muchachos formaban el cortejo del muñeco, cantando unas coplas que empiezan así:


«Juan de la Coba,
coscoroba,
niño bonito
con platanito...».


y que concluyen con no pocas palabras sucias y obscenas.

Esta mojiganga duró hasta los primeros años del gobierno de Abascal.

No nos ha sido posible examinar el proceso de la quiebra de don Juan de la Cueva, proceso que existe en la escribanía del tribunal del Consulado de Comercio. Pero en el Archivo Nacional, códice 20.407, hemos encontrado un documento por el que consta que el número de acreedores que en minuciosa lista figuran fue de doscientos cuarenta, y que la quiebra fue declarada por los jueces en 16 de mayo de 1635. Juan de la Cueva poseía en Lima bienes suficientes para responder, y vino de España una real cédula disponiendo que no se rematasen las propiedades del fallido, sino que con el producto de ellas se fuesen pagando las acreencias. El concurso ha durado casi dos siglos y medio, pues fue sólo en 1880 cuando quedó satisfecho el último acreedor.

Una de las avenidas que conducen a la plaza de Bolívar es conocida hoy mismo por el pueblo con el nombre de calle de Juan de la Coba, y en ella existe la casa que habitó el banquero.

Hagamos punto, que para introito explicatorio basta con lo dicho. Ahora ahí va la tradición que, por diferenciar, se nos antoja escribir en fabla o castellano del siglo XIII.


Corónicas añejas e tradiciones gravedosas que a lueñes eras soben, fablan con scriptura de verdat e sin falagüero afeite, que en aquesta villa dicha estonce real e tres vegadas corobnada cibdat de los reyes del Pirú, omes e acostumbranzas, e ansí por igual, regidores e justicias, más se lembraron de haber corazones e sanos fechos que non los omes que ogaño vida gozan.

Los nuesos fidalgos mal endotrinados el su blasón afincan en tuerto facer al amigo e deudo, e desapropiar teneres del próximo; e item mais, con los sus peculios en mazmorra escura les asepoltar, por arte de leixes mercadas a cohecho; ca justicia e premáticas sanctimoniosas, ogaño se mercan ansí de ordinario. ¡Válenos Mari Pura!

Entre omes de preptéritas eras el bueno sentir e bien operar tenidos se eran como cuartel e blasón de virtude, e como afincaban la onor en el sustentamiento de los sus contractos; do, en vez de las scripturas por mano de cartulario fechas, el mero dicho de boca a bastanza era facto a portar fe, e muy más alcanzaba valía que los de agora sellos e timbres en pergaminos e papiros.

Ogaño, aquestas fórmulas de sellados folios e rúbricas, non allegan fines otros que estirar litigianzas e buscarlas lo ambiguo e caras diversas, non sólo en el decir de la frasi, mas en el intento que cada un ome le intenta trobar para en la ruibna del un ome, el medro afincar el ome otro.

Catad como estonce al malo, en justicia asaz justa, ordenanza esta daba de enforcarle o descabezarle so el vil garrote.

E catad como ogaño ansí non se face; mas sí contrariamente jactancia se face de aviesos manejos e de fechorías asaz insibdiosas.

Antaño, a la culpa seguía el castigo. Ogaño, al ardido cuando en harto furta, el premio le surge, e halagos, saludos e cortesanías le piomban encima.

¿En qué diferencian las señas e signos de civilisanza? ¿A dó hanse fugado nosciones benignas de sana morale?

El Johán de la Coba, el su jozgamiento e la su sentencia, como linfa clara, muy más claro fablan que civilisanza cual hoy la prendemos, que es, non cabe dúbita, estrangulamiento de morale e aniquileza de justicia.

E a guisa de exemplo e de caso propio a facer parangón, la estoria veraz del Johán de la Coba afinca oportuna en aquestos párrafos. E descimos a las gentes de agora que, munidas de seso e de sano cripterio, fagan el cotego entre aquesos sieclos de pura morale e los nuesos días de vicio que triunpha e de crimen que ríe de leixes e de reyes.

¡Válgame don Jesucristo, Fijo de la Gloriosa! Amén.


II

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E disce e comienza. El dicho Johán de la Coba fidalgo fue de condisción asaz desprendida e de diestra asaz longánima e abierta, que las sus tenencias e haberes de hierarquía e prosapia menguada parte eran a la fin de pábulo dar a los sus arranques obstentosos e de fantasía.

Ca non había en la su fabla el vocablo non; mas el sí a cuantos a las sus larguezas acogiéranse.

E ansí andando, por vía de largueza sin tasa, non de luengo plazo pudiéranle durar. A la postre, ovo de le caer la hora de las mermas, do el magnánimo infanzón topádose oviera con la vado enjuta del arroyo de las sus dádivas; ca sabido se está que, en noria que non le surge agua e agua se le saca, de secarse ha presto.

Era el de su ofiscio o cargo en el don Johán de la Coba, recabdador e deposcitario de las rentas e cabdales de la cofradía dicha que se era de la O, Mari Sancta Madre del Redemptor.

Falencia imprevista a las arcas de la cofradía vínose sin la esperar, e fallido resta el sin ventura tesaurero.

Las arcas sin dinero se trova el don Johán; e cuentas e cargos habrá de rendir; e mancan jostitos patacos cient mil. Questión de graveza e magna cuantía aquesa fue estonce; ca, en eras ansí de puro cripterio mesmísima cosa, idéntico efeto facían en las pesas de la morale, en punto a delinqüenza, un maravedí que un cuento de reales.


III

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Hábedes de saber, oh discretos cormanos leyentes de esta leyenda signada en amigos estoriales, que non antes como agora, los ribaldos e tunos e trohanes prendían dineros e cosas ajenas, e quietos e soscegados vueltas daban por placas e calles de la villa, sin que funcionario algunt les posiere estorbo a los sus triunphos.

Timorosos de Dios, pavor habían de juesces e del que fablar podieran las gentes otras. E delinqüenza mínima, al par que máxima por ende, trovaban condenación: e non, como agora, impunes restaban.

En cuitas acerbas vídose el don Johán; ca en la su condisción de fallido, haber non podía un otro remedio que el de reponer o el de sofrir resultanzas del su escalabro. E suscediendo estonce como agora mesmo acontesce, que cuando un dadivoso ome cae menesteroso, non le acorre ningunt, y muy menos que otros aquesos que de larguezas del congojado disfroptaron, ansí el malhadado don Johán non vía de salvamento otra poterna que la de se encomendar a la fuga. E fuga asaz precipitosa imprendió a do todos ovieron de inorarlo.

E descubierto el caso e publisciado lo acaescido, e verificadas con prolijeza suma deligentes pesquisas como ánima que los espíritus cargado la oviesen, ansí desaparecido de la haz de la tierra el don Johán, tornado en duende o trasgo, o como endriago o visión, non pudo ser habido e sí pudo ser proscesado, e jozgado, e fallado, e aindamáis pudo ser enjosticiado en imagen, como reo que non está en la persona e sí lo está en la delinqüenza.


IV

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E rematado que fue el jozgamiento e no teniendo la justicia aferrado en las sus manos al fautor, do fuerza era que por desagravianza a la humanas vindicta, oviese de quedar cumplida la sentencia.

Catad estonce como del fugado criminoso el artificio da suprencia al ome dañero, e forjan remedo complido del cuerpo e del rostro del que en carne non puede restar enjosticiado. E rematado que está el estantigua o monigote en lienzo repleto de salvado e paja, al símile del títere que facen los bodegoneros del Judas Ischariote, para le quemar en vísperas pascuales, ansí mesmo, a tal usanza al moñeco del don Johán de la Coba le prenden e le cabalgan de horcajadas cabe el lomo de un rucio, e tornando el su rostro del ome de trapo a la trasera parte del rucio, en camino va delinqüente efigiado.

Enfarinescido el rostro, e a guisa de apéndice, afíncame al dorso bultosa giba, e ya non se evade del garrote vil.

Rapaces gritones en turba sin fin, cortego luenguísimo le facen al reo hechizo, e folgan, e triscan, fablando en voz rescia:


«El Johán de la Coba
con magna joroba».


Que sepades conviene, oh letores, ca en tal ocasión la justicia de estonce, afanosa por non le dejar al crimen el su triunpho e salvamento, propósito facía de afincar el baldón e la infamia cabe el nom del ome que delinquió, e tal cuantía de ludibrio allegaba potente a los fijos de los fijos e fijas del reo, seyendo aquesa la razón por qué el nome infamado del reo fugoso padrón de inominia fincaba perpetuo.

E tened intendido que aquesos sesudos juzgadores de antaño en mente ovieron, vigilosos del moral común, que non befas ficiera el crimen de la honra e de la justicia.

En aquesta guisa, a pregón de eraldos e corchetes, el fecho relatan a son de batientes atambores e chilladoras trompas que de chirisuya han nome. E manda e ordena el Consejo que el nome infamado del reo resuene con risas e burlas, en los volantines e títeres. Aindamáis, que el remedo del cuerpo del reo, con la filosomía rubra como el tizón, con trisca e denuestos parezca en las farsas e demás intremeses que forjan histriones, payasos e matachines.

Ansí cual narrada en aquestos folios aguisada queda la estoria del Johán de la Coba; ansí es la verdat que tal sucedió, seyendo viso-rey el perínclito conde de Chinchón.

E finado he, yo el coronista, en gracia del Padre e del Fijo e del Parácleto.