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Los trabajos de Persiles y Sigismunda (Sevilla Arroyo ed.)/Autorización

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LOS TRABAJOS DE PERSILES Y SIGISMUNDA

Historia Setentrional

POR MIGUEL DE CERVANTES SAAVEDRA

TASA

Yo, Jerónimo Núñez de León, escribano de Cámara del rey nuestro señor, de los que en su Consejo residen, doy fee que, habiéndose visto por los señores dél un libro intitulado Historia de los trabajos de Persiles y Sigismunda, compuesto por Miguel de Cervantes Saavedra, que con licencia de los dichos señores fue impreso, tasaron cada pliego de los del dicho libro a cuatro maravedís, y parece tener cincuenta y ocho pliegos, que al dicho respeto son docientos y treinta y dos maravedís, y a este precio mandaron se vendiese, y no a más, y que esta tasa se ponga al principio de cada libro de los que se imprimieren. E, para que de ello conste, de mandamiento de los dichos señores del Consejo, y de pedimiento de la parte del dicho Miguel de Cervantes, doy esta fee. En Madrid, a veinte y tres de deciembre de mil y seiscientos y diez y seis años.

Gerónimo Núñez de León.

Tiene cincuenta y ocho pliegos, que, a cuatro maravedís, monta seis reales y veinte y ocho maravedís.

FEE DE ERRATAS

Este libro intitulado Historia de los Trabajos de Persiles y Sigismunda, corresponde con su original. Dada en Madrid, a quince días del mes de diciembre de mil y seiscientos y diez y seis años.

El licenciado Murcia de la Llana.

EL REY

Por cuanto por parte de vos, doña Catalina de Salazar, viuda de Miguel de Cervantes Saavedra, nos fue fecha relación que el dicho Miguel de Cervantes había dejado compuesto un libro intitulado Los trabajos de Persiles, en que había puesto mucho estudio y trabajo, y nos suplicastes os mandásemos dar licencia para le poder imprimir, y privilegio por veinte años, o como la nuestra merced fuese, lo cual visto por los del nuestro Consejo, y como por su mandado se hicieron las diligencias que la premática por nos últimamente fecha sobre la impresión de los libros dispone, fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra cédula para vos en la dicha razón, y nos tuvímoslo por bien. Por lo cual os damos licencia y facultad para que por tiempo de diez años, primeros siguientes que corran y se cuenten desde el día de la fecha della, vos o la persona que vuestro poder hubiere, y no otro alguno, podáis imprimir y vender el dicho libro, que desuso se hace mención, por el original que en el nuestro Consejo se vio, que va rubricado y firmado al fin de Gerónimo Núñez de León, nuestro escribano de Cámara, de los que en él residen, con que, antes que se venda, lo traigáis ante ellos juntamente con el dicho original, para que se vea si la dicha impresión está conforme a él, y traigáis fee en pública forma en cómo por corretor por nos nombrado se vio y corrigió la dicha impresión por su original. Y mandamos al impresor que imprimiere el dicho libro, no imprima el principio y primer pliego, ni entregue más de un solo libro con el original al autor, o persona a cuya costa se imprimiere, y no otro alguno, para efeto de la dicha correción y tasa, hasta que primero el dicho libro esté corregido y tasado por los del nuestro Consejo. Y, estando así, y no de otra manera, pueda imprimir el dicho libro, principio y primer pliego, en el cual seguidamente se ponga esta licencia y privilegio, y la aprobación, tasa y erratas, so pena de caer e incurrir en las penas contenidas en la premática y leyes de nuestros reinos que sobre ello disponen. Y mandamos que, durante el tiempo de los dichos diez años, persona alguna, sin vuestra licencia, no le pueda imprimir ni vender, so pena que, el que lo imprimiere, haya perdido y pierda todos y cualesquier libros, moldes y aparejos que del dicho libro tuviere; y más, incurra en pena de cincuenta mil maravedís, la cual dicha pena sea la tercia parte para la nuestra Cámara, y la otra tercia parte para el juez que lo sentenciare, y la otra tercia parte para la persona que lo denunciare. Y mandamos a los del nuestro Consejo, presidentes y oidores de las nuestras Audiencias, alcaldes, alguaciles de la nuestra Casa y Corte, y Chancillerías, y a todos los corregidores, asistentes, gobernadores, alcaldes mayores y ordinarios, y otros jueces y justicias cualesquier, de todas las ciudades, villas y lugares de los nuestros reinos y señoríos, que vos guarden y cumplan esta nuestra cédula, y contra su tenor y forma no vayan ni pasen en manera alguna. Fecha en San Lorenzo, a veinte y cuatro días del mes de setiembre de mil y seiscientos y diez y seis años.

YO, EL REY.

Por mandado del Rey nuestro señor:

Pedro de Contreras.

APROBACIÓN

Por mandado de vuesa alteza he visto el libro de Los trabajos de Persiles, de Miguel de Cervantes Saavedra, ilustre hijo de nuestra nación, y padre ilustre de tantos buenos hijos con que dichosamente la enobleció, y no hallo en él cosa contra nuestra santa fe católica y buenas costumbres; antes, muchas de honesta y apacible recreació n, y por él se podría decir lo que San Jerónimo de Orígenes por el comentario sobre los Cantares: cum in omnibus omnes, in hoc seispsum superavit Origenes, pues, de cuantos nos dejó escritos, ninguno es más ingenioso, más culto ni más entretenido. En fin, cisne de su buena vejez, casi entre los aprietos de la muerte, cantó este parto de su venerando ingenio. Este es mi parecer. Salvo, etc. En Madrid, a nueve de setiembre de mil y seiscientos y diez y seis años.

El Maestro Joseph de Valdivieso.

DE DON FRANCISCO DE URBINA

A MIGUEL DE CERVANTES, insigne y cristiano ingenio de nuestros tiempos, a quien llevaron los terceros de San Francisco a enterrar con la cara descubierta, como a tercero que era Epitafio

Caminante, el peregrino Cervantes aquí se encierra; su cuerpo cubre la tierra, no su nombre, que es divino. En fin, hizo su camino; pero su fama no es muerta, ni sus obras, prenda cierta de que pudo a la partida, desde ésta a la eterna vida, ir la cara descubierta.

A el sepulcro de Miguel de Cervantes Saavedra, ingenio cristiano, por Luis Francisco Calderón

Soneto

En este, ¡oh caminante!, mármol breve, urna funesta, si no excelsa pira, cenizas de un ingenio santas mira, que olvido y tiempo a despreciar se atreve.

No tantas en su orilla arenas mueve glorioso el Tajo, cuantas hoy admira lenguas la suya, por quien grata aspira a el lauro España que a su nombre debe.

Lucientes de sus libros gracias fueron, con dulce suspensión, su estilo grave, religiosa invención, moral decoro.

A cuyo ingenio los de España dieron la sólida opinión que el mundo sabe, y a el cuerpo, ofrenda de perpetuo lloro.

A DON PEDRO FERNÁNDEZ DE CASTRO, conde de Lemos, de Andrade, de Villalba; Marqués de Sarriá, Gentilhombre de la Cámara de su Majestad, Presidente del Consejo Supremo de Italia, Comendador de la Encomienda de la Zarza, de la Orden de Alcántara.

Aquellas coplas antiguas, que fueron en su tiempo celebradas, que comienzan:

Puesto ya el pie en el estribo, quisiera yo no vinieran tan a pelo en esta mi epístola, porque casi con las mismas palabras la puedo comenzar, diciendo:

Puesto ya el pie en el estribo, con las ansias de la muerte, gran señor, ésta te escribo.

Ayer me dieron la Estremaunción y hoy escribo ésta. El tiempo es breve, las ansias crecen, las esperanzas menguan, y, con todo esto, llevo la vida sobre el deseo que tengo de vivir, y quisiera yo ponerle coto hasta besar los pies a Vuesa Excelencia; que podría ser fuese tanto el contento de ver a Vuesa Excelencia bueno en España, que me volviese a dar la vida. Pero si está decretado que la haya de perder, cúmplase la voluntad de los cielos, y por lo menos sepa Vuesa Excelencia este mi deseo, y sepa que tuvo en mí un tan aficionado criado de servirle que quiso pasar aun más allá de la muerte, mostrando su intención. Con todo esto, como en profecía me alegro de la llegada de Vuesa Excelencia, regocíjome de verle señalar con el dedo, y realégrome de que salieron verdaderas mis esperanzas, dilatadas en la fama de las bondades de Vuesa Excelencia. Todavía me quedan en el alma ciertas reliquias y asomos de las Semanas del jardín, y del famoso Bernardo. Si a dicha, por buena ventura mía, que ya no sería ventura, sino milagro, me diese el cielo vida, las verá, y con ellas fin de La Galatea, de quien sé está aficionado Vuesa Excelencia. Y, con estas obras, continuando mi deseo, guarde Dios a Vuesa Excelencia como puede. De Madrid, a diez y nueve de abril de mil y seiscientos y diez y seis años.

Criado de Vuesa Excelencia,

Miguel de Cervantes