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Mútuo, Recíproco (SLC)

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Nota: En esta transcripción se ha mantenido la ortografía original.

Mútuo, Recíproco.


Mútuo designa un cambio ó trueque correspondiente, la accion de dar y de recibir; reciproco la retribucion, la accion de corresponder á afecto con afecto, etc. El cambio ó trueque es libre y voluntario, y esta accion es mútua. La retribucion ó correspondencia, es debida ó exigida, y este acto es recíproco.

Mútuo no se dice mucho sino en materia de voluntad, de sentimiento, de sociedad y compañía; como, amistad mutua, obligacion mútua. Recíproco se estiende á una multitud de cosas lejanas de aquella idea; se dice, términos recíprocos, verbos recíprocos, influencia recíproca, etc., para espresar particularmente la correspondencia de accion, la correlacion, la reciprocidad. En suma, favores ó servicios hechos voluntariamente de una parte y de otra son mútuos. Servicios y favores exigidos, merecidos y correspondidos de una y otra parte, son recíprocos.