Orden disponiendo los honores militares que se rendirán al Santísimo Sacramento y a las dignidades eclesiásticas
Orden. Dispone los honores que han de ser tributados por las tropas formadas y las guardias de Plaza en los casos en que proceda hacerlo
BOE 14 Noviembre 1937
S. E. el Generalísimo, ha tenido a bien disponer que los honores que han de ser tributados por las tropas formadas y las guardias de Plaza, en los casos en que proceda hacerlo, sean los que a continuación se indica:
Al Santísimo Sacramento: arma rendida y el Himno Nacional.
A la Bandera: arma presentada y el Himno Nacional.
A S. E. el Jefe del Estado y Generalísimo de los Ejércitos Nacionales: arma presentada y el Himno Nacional, inclinándose a su paso las Banderas.
Al General Presidente de la Junta Técnica del Estado; General Presidente del Alto Tribunal de Justicia Militar; General Secretario de Guerra; General Inspector del Ejército y Generales en Jefe (por las tropas de su mando): arma presentada y marcha militar.
A los Generales de División con mando de tropas y a los de Brigada con mando de unidad superior a la correspondiente a su empleo: arma sobre el hombro y marcha militar, por todas las fuerzas a sus órdenes.
Al Genera! de Brigada con mando de tropas: arma descansada y marcha militar, por las fuerzas a sus órdenes.
A todos los Tenientes Generales, Generales de División y Vicealmirantes que se presenten de uniforme ante una tropa, arma sobre el hombro; y a los Generales de Brigada y Contralmirantes, arma descansada.
Dignidades eclesiásticas:
A los Cardenales: arma presentada.
Y dentro de sus respectivas Diócesis, a los Arzobispos, arma sobre el hombro, y a los Obispos arma descansada.
Burgos 12 de noviembre 1937. Segundo Año Triunfal
El General Secretario, Germán Gil Yuste
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