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INTRODUCCION xv

«Por esta relacion se vé cuan restringido estuvo el comercio del Rio de la Plata, y que ningun otro puerto de la dominacion española en América tuvo ménos libertad de ejecutarlo; y como esta especie de servidumbre política tenía por objeto evitar el perjuicio general del comercio de Tierrafirme y de los reinos del Perú por la vía regular de galeones y férias de Portovelo, se pidió informe sobre la peti- ción de Buenos Aires á la casa de Contratacion. Esta lo hizo en 27 de Junio de 1617, habiendo oído antes al Consulado, manifestando que para tomar reso- lucion en este importante negocio, se debía reparar

chas dos mill fanegas de harina y quinientos quintales de cegina y quinientas arrobas de sebo con mucha justificacion y sin que nadie reciva agravio y todos participen deste beneficio y comodidad para que dello resulte el efecto que se pretende a los quales en- cargo y mando que con muy particular cuydado procuren que se use bien de esta permision y ligemgia y que no aya ninguna desorden ni eceso de que meterme por desservido y entendiendose qualquiera cossa lo hagan remediar con efecto y demostragion y que los dichos mis officiales visiten con particular cuydado los navios en que se sacaren los dichos frutos é inqueiran, vean y entiendan si se lleva mas de lo de la permision ú otras cosa de otros géneros, y lo tomen todo, como está dicho, por perdido, y que de la misma manera visiten y vean lo que se tragero en re- torno de los dichos frutos, y de que partes, y cobren los derechos que de todo se me debiere, de entrada y salida, y que no permitan ni den lugar a que por ningun caso entren ni salgan ningunos pasajeros de ninguna nación que sean, ni esclavos en los navios en que se sacaren los dichos frutos y trugeren el retorno dellos y que me avisen cada año de lo que desta permision fuere re- sultando en beneficio de la tierra y poblacion della, y mando que para que venga á noticia de todos, esta mi cédula se pregone en la dicha ciudad de la Trinidad, por órden del dicho mi go- bernador y oficiales, y que dello se tome testimonio y le imbien al mi Consejo de las Indias—Fecha on Valladolid, á veinte de agosto de mil y seiscientos y dos años—Yo El Rey-Por man-