Página:ACEC TomoII Libros XIVaXVI SerieII.djvu/601

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593 tulo en forma del oficio de Alcalde Provincial de la San ta hermandad al Capitan Don Josseph ruis de Arellano para quien se remato atento a haver Cumplido Con las Condissiones del remate y lo Hrmo en Buenos aires -a dose dias del mes de Octubre de n1il setecieutos y dose anos Mutiloa.=ante mi=Juan de la Camara Escrivano de su Mag}: En Cuya Conformidad por la pressente en nombre 1»m1gu6_ del rey Nro. Senor y usando de la facultad que me consse de para el Efecto elijo Probeo y nombro a Vos el dho. don J osseph ruis de Arellano por J ues Provincial de la Santa hermandad de Esta Ciudad su distrito y J urisdicion para que aora y por el tiempo do Vra. Vida useis el dho. (L lm oiicio Y como tal Alcalde Provincial lo podeis Ussar y egerser en los Cassos y Cosas al dho. Empleo anexas y Consernientes Segun y de la manera que lo hasen y an hecho y devido hasser los dernas Provinciales Vros. ante ssesores Cumpliendo y guardando lo dispuesto y ordenado por Leies y ordenansas de estos reinos tocantes a la dba. Santa hermandad y mando a.1 Cavildo J usticia y regimien to de Esta dba. Ciudad que Luego que os presenteis en el con este titulo y hagais El J uramento que en tal Casso se requiere de que bien y iielmente Ussareis de dho. ofncio os guarde y haga guardar todas las honrras franquesas mrds. preheminencias Prerrogativas el inmunidades y Esepciones con todo 10 demas que por rason de dho. Car go os deven ser guardadas gosando de todos los salarios (1151,, I dros. y aprovechamientos que deveis aver y gosar bien y Cumplidamente sin que os falte Cossa alguna y de la ma nera que se les an guardado y guardan a los Provinciales de Lima Cusco y Potosi y demas partes de estos reinos sin que en ellos ni parte do ellos se os ponga embarasso n1 Contradiccion alguna teniendo el Voto y Lugar que por rason del dho. puesto os toca y an tenido Vros. antesseso— res yos doi poder y facultad para. Usarle y egerserle y assr mismo mando a todos Los Vecinos y moradores de esta Ciudad estantes y avitantes eu la J urisdicion de este go mcmvo 38.- mono u