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Página:ACEC TomoII Libros XIVaXVI SerieII.djvu/65

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LIBRO XIV 57 tos, y fundamento cierto para ir pagando desde luego los Jornales sino los que se huvieren de gastar en la obra ? a lo menos la mayor parte, y aunque considera su señoria q. teniendo tales alcaldes este Cavildo que tan idalga- mente se dedicaran a la conclussion de la que dan prin- cipio le parece que siempre sera acertado conste esto por escrito, no porque duda el logro de ello, sino porque no parezca por escrito se dio principio a la obra con tanta facilidad, y porque quede memoria eternam.'* de los que con tanta liveralidad ofrezen aplicar su caudal a ella: Y así es de sentir que el Cavildo buelva a conferir en su Ayuntamiento sobre este punto, y se de noticia a su se.* de lo que se acordare, y que no solo aplicara como ofrece lo arriva referido sino quanto cupiere en su advitrio dan- do embarcaciones para conducion de Madera y Piedra y todas las demas providencias que fueren regulares por lo mucho que estimara se consiga en su gobierno esta obra que sera tan del lustre y descencia de esta Ciudad y decoro de su Cavildo a quien dá muchas gracias su s.* por el celo de su aplicazión y lo firmó de que doy feó=

D. Manuel de Velasco Y Tezada.—A.* mi: Fran.” de Angulo.—ss.» de Su mag.*

CABILDO DEL 27 DE FEBRERO DE 1708 (Foja 288 vuelta del libro original)

En la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Aires á veinte y siete dias del mes de febrero de mil setecientos y ocho años : el Cavildo, Justicia y regim.* de ella, com- biene a saver los señores Capitanes Don Joseph de Arre- gui Alfrz. R.! y Don Miguel de Riblos Alcaldes hordina-