Página:ACEC TomoIV Libro III SerieII.djvu/305

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LIBRO ur 293

leyo esta petigion: Hernando de Herrerra en nombre do Diego de Trigueros y don Juan Barragan veginos del Puerto de Buenos Ayres digo que en mi se rrema- taroh para lo dichos mis partes dos ofigios de Regido- res del dicho Puerto para cada uno el suyo a rrazon de setecientos pesos corrientes cada uno con el tergio de contado y los otros dos terios a uno y medio e a año e medio desde el dia del rremate y ofregi fianga para la seguridad e por que quiero luego pagar el di- cho contado ofresco por fiador de lo demas confor- me alrremate a Juan de Bergara. A Vuestras Mergedes pido manden a el presente Escrivano rregiva la dicha fianga pues es justigia que pido. Hernando Herrera. —E por Sus Mergedes visto mandaron se rregiva la fianga que ofrege y se obliguen con quatro pesos en- sayados por cada día que se ocupare la pergona que fuere a la cobranga y hecha y otorgada la fianga y aviendo enterado se le despache el rrecaudo nesegario: para que sea rregevido al uzo del digho oficio.—Ante mi Frangisco Garcia Barroso, Escrivano de Su Magestad. —Juan Bautista de Ormaegui Contador del Rey Nues- tro Señor Juez Ofigial de su Hagionda deste nuevo Reyno de Toledo Provingia de los Charcas del Piru en la Real Caxa desta Villa Inperial de Potosi sertifico que en un libro de la dicha hagienda yntitulado comun deste pregente año de mil y seispientos y dies y siete esta una partida del cargo del tenor siguiente. En doze de Digienbre se haze cargo al Tesorero Juan de Luno de giento y quarenta y nueve pesos un tomin ensayados en rreales a dose y medio por peso que se metieron en la Caxa Real que los pago en ella Her- nando de Herrerra por Diego de Trigueros vegino del Puerto de Buenos Ayres de quien se cobran a quenta de setegientos pesos de a ochorreales en que lo rema-