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Página:ACEC TomoIV Libro III SerieII.djvu/31

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LIBRO TIL 19

sonas y en la forma que paregio convenir a este ca vildo de que se saco una memoria simple que llevaron los Diputados para que se de al Señor Governador pa- ra que se cargue.

Acordose en este cavildo que Crispoval Ximenez vegino desta giudad vaya en la dicha caravela al Brazil a benifigiar las permisiones de veginos a quien se eli- Xo por persona a proposito y aunque se trato que se- ria bien fuese otra persona con el no so acordo ni nombro qual avia de ser hasta tomar deliveragion.

En este cavildo trato el dicho Capitan Frangisco Gargia Romero que se trate y acuerde en el gerca del vino que a entrado de Chile si por la negesidad que ay en la tierra combendra que se gaste y destribuya en ella sin envargo de la Real Cedula donde se prohive la entrada y aviendoso tratado y conferido sobrello por los dichos Capitulares y las ragones que movieron aten- to a la mucha negesidad de vino que ay en la tierra y que asi conviene que sele venda y distribuya en la tierra acordaron que se le dela boz al dicho Procurador General para que acuda a pedirlo ante el Señor Go- vernador se sirba de permitir se gaste el dicho vino y asi se le notifico al dicho Procurador General

En este cavildo presento petigion Joan Lopez de Bargas natural de Malagon en el Arcovispado de To- ledo pidiendo ser regivido por vegino y asentado y matriculado en los libros deste Cavildo y abiendose tratado y conferido sobre ello en este cavildo le rre- givieron todos de un acuerdo por tal vegino desta gin dad atentas las causas contenidas en su petigion con que tenga casa poblada y acuda a las demas obligagio- nes de veginos y asy quedo regivido.

Y con esto se gerro el cavildo y lo firmaron. (Va testado: Bernardo de Leon) .—Pedro Gutierrez. —Anton

Sobre el vino orale as Chile,


Recepcion de un