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LIBRO 1H 391

Y con esto se acabo y serro este cavildo y lo fir- maron los capitulares.—Don Gil de Ozcariz.—El Ligen- siado Gabriel Sanches de Oxeda—Joam de Vergara.— Diego de Trigueron.—Ante mi: Pedro de la Pobeda. Escrivano Publico y Cavildo, -

CABILDO DEL 1> DE JUNIO DE 1620

(Foja 316 del libro original)

En la giudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ay- res en primero dia de el mes de Junio de mil y goys- gientos y beynte años se juntaron a hazer Cabildo en el Fuerte y casas reales donde sse acostumbra por aora la justisia y regimiento de esta dicha siudad conbieno a saber: el Señor Don Gil de Ozcaris Carabaxal Te- niente General de esta dicha siudad y su jurisdision por Su Magestad y el Ligensiado Grabiel Sanches de Oxeda y Capitan Mateo de Grado Alcaldes Hurdinarios desta dicha siudad y Bernardo de Leon Depositario General de esta siudad y el Capitan Juan de Bergara y Diego de Trigueros y Juan Bautista Anjel Regido- res en el qual se trataron las cosas siguientes:

En este cavildo so propuso y trato de la estrema nessesidad en que esta Siudad de mays y trigo y to- dos supuesto lo tratado en los demas cavildos todos unanimes y conformes dixeron demas de las preben- siones que se an fecho y dispuesto en los dichos ca- vildos que se escriba a el cavildo de la giudad de Cor-

Cabildo de lo de Jumio de 1820.

Nuevas medidas tomadas 6 can- sa de la caren- cia de maiz y trigo.