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Página:ACEC TomoIV Libro III SerieII.djvu/427

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LIBRO ML 415

y seis pesos corrientes de o ocho reales y que lo abian entregado al Padro Fray Juan Baes Prior del dicho Conbento en su nombre en pressencia de el Padre pre- sentado Fray Enrique de Gusman y del soprior Fray Alonso Barrientos Soprior y Fray Alonso Martines pre- dicador y los demas religiosos del y essibio el despa- cho y sortificassion del dicho presio firmado de los dichos ofissiales Reales de este Puerto por donde cons- ta estar enterada la Real Caxa para que en el se pon- ga la rasson y se entregue por titulo de el dicho es- clabo a el dicho Padre Prior para que so guarde en el archivo de esta siudad. Y bisto por los dichos ca- pitulares dixeron que por la pobresa y nessesidad que al dicho conbento de Santo Domingo de esta giudad tiene de sserbisio para que los relixiossos que agora sson y adelante fueren en el sse sirba del dicho escla- bo todos los dias de ssu bida unanimes y conformes dixeron que para el dicho efeto y no para otro daban y dieron el dicho negro Mateo con cargo que todos los dias de su vida sirba en el dicho conbento de Santo Domingo de esta siudad y a sus relixiossos que sson o fueren sin que el Padre Probinsial ni Prior mi la comunidad ni fuera del ni otro ningun porlado de la dicha horden mi eclesiastica ni seglar puedan bender donar trocar ni canbiar ni enaxenar ni empeñar ni prestar para fuera del dicho combento el “dicho negro ni lo aporar ni libertar ni por obra bia disponer del y si lo hisiere que seaminguno y no balga y quien lo comprare pierda el pressio de el y por el mismo ca- so el dicho conbento pierda el esolabo y buelba a es- te Cabildo para que lo aya el ospital de esta siudad susediendo cualquiera de los cassos referidos por que el diretto domynio de el dicho esclabo sse retiene y sola el util y serbissio personal dentro de el dicho con-