LIBRO XVIII 237 se consedio Licencia por Su señoria para hacer quatro mill Vacas para los rodeos de sus estancias, y a d.” fran. de Siburo no pasen mas Vacas que las que para que se les concedio dhas. Licencias pena de perdimiento de ellas con la aplicaz.” referida y para que se quente el ganado que pasan Los Susodhos. como el que se dise en dho. Yn- forme tienen en Ynbernada en la otra banda dho. d.* An- dres Lopez pintado, d.* Antonio Marques, d.” fran.“ Ca- ravallo Y don Juan de Samartin y otros Vesinos de esta ciudad de Buenos Ayres nombrara dho. Lugarthen.* persona de Su satisfaz.” y si la quisieren nombrar por su parte esta Ciudad y la de Santa fee Lo podran hacer y todo el ganado que se pasare de Vezinos de esta Ciu.! Lo trae- ran a esta Jurisdicion, Y lo que fuere de dhos. d.” An- dres Lopes Pintado d.* Anttonio Marques y demas Ve- zinos de dha. Ciudad de Santa fee Se quedara en aquella Jurisdicion. Sino es en caso que lo quieran Traer a esta
y dho. Lugar Then.'* dara quenta a su Señoria con toda -
distincion de todo el ganado que se pasare publicando asi mismo Vando para que ninguno Lo extravie ni saque fuera de las Jurisdiciones de dha. Ciu.* y esta, Pena de perderlo y de dos mill pesos aplicados todo para los gastos de la guerra de dha. Ciudad de Santa fee, Y tambien ara Se notifique a dho. d.* Antt." Marques y Antt.” Machu- ca=quien se dise en dho. Ynforme Se halla en actual faena en aquellos campos del Parana exivan las Licencias que para ellas tienen y que en el ynterin q. Lo hacen y Se reconosen Sesen en dhas. faenas y si tubieren reco- xido algun ganado Tampoco Lo puedan sacar de estas Jurisdiciones So la mesma pena arriva referida dando quenta a este Govierno de Las cantidades que fueren y para que les Conste a los Cavildos de ambas Ciudades Las resoluciones tomadas p.' este auto Se ara notorio al de esta y al de la de Santa fee Se le embiara copia auto- risada de el Juntam.* con carta para que se hagan Las deligencias que en ella Se expresaran en orden al ganado
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