Ir al contenido

Página:ACEC TomoIV Libros XVIIyXVIII SerieII.djvu/544

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página no ha sido corregida

05

Decreto Gon

del

538 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES .

D." Juan [Mayo de mill setezienttos y veyntte y dos a.*]* (sic) Mrn. de Mena y Mascarua y D.” Juan Bap.* Sagasti-

berria Alcaldes ordina.* D.” Joseph Gonsalez Marin Alfrz Real D.” Luiz Navarro Alg.! m.* D.” Lucas Manuel de Belorado. D." Juan de Zamudio D.” Amador frnz. de Ague- ro D.” Juan de la Palma D.” Mathias Solana D.” Sebas- tian Delgado. y D.* Joseph de esparza regidores y Deposi- tario Ghrl. y estando Junttos y Congregados en la sala Capitular de sus acuerdos a tratar y conferir Las Cosas tocanttes a la Utilidad y procomun de esta (Real Au- dienza) (sic) Rep.* y sus havitadores Como lo an de Uso y estilo: se trato sobre lo transferido en lo tocantte al despacho del Juez Comisario de la santa Cru- zada y quedo acordado. Que obeden el despacho y Clau- zula ynzertta del supremo tribunal Con el acatam.” devido : y Mediantte a la duda q. se encuentra en la mis- ma clausula y palabras q. dizen a satisfaz.”” del cav.% : la que se allo en el despacho circular que remitio aste cav.do el s.* Pres.* de la Real Audiencia de la Platta para el reconocim.'” de las fianzas que tenian dadas y subrró- gaz."" de las q. devian dar los oficiales Reales Cuya duda se Consul a dho. s.” Pres.'* por las razones de que si al pres.* son Y pueden ser avonados y de la satisfax.”” deste Cav.do los fiadores pueden con el Tmpo. no serlo redu- ciendose a pobresa Zuma como Es muy natural y se Ve todos los dias aun en hombres de mucho caudal por cuyas contingencias puede este cav.* ser perjudicado en llegan- do el casso sin Que aya Culpa ni malicia de su partte en cuya atenzion pide a dho. supremo tribunal regla yndibi- dual con la expres.”” de la duda para governarse en lo de adelantte y pasar luego al ynstante a la execuz.* de lo q. se le ordenare con la puntualidad devida dando a dho. Supremo Tribunal En la primera ocaz.”* Quentta de lo resuelto enste acuerdo y en el ynterin no le pare perjuicio aste Cav.0=Y enste estado se hiso manifestaz.* de un decretto deste Gov.” de Veyntte y dos del corr.* apetis.%