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230 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

tualidad se comete a Pedro Sanches Gargon alcalde de

la Santa ermandad para que salga a las estansias y

chacaras a recoger la sal que hallare y no consienta

se gaste hasta que por el dicho señor governador se provea lo que se a de haser para que no aya falta.

Y en quanto a la propusicion del vino se acordo

por los dichos capitulares que el dicho alcalde Don

Diego Paez de Clavijo y el capitan Simon de Valdes

fiel executor........ Para quel vino bueno de castilla se ven-

da por su justo presio de manera quel dueño tenga una

moderada gamansia en el y lo mismo se haga en lo

que toca a el vino de Chile bueno y en quanto a los bis

nos que no fueren tales se revaje el presio porque no

es justo quel vino vueno y el que no es tal se venda

todo a un presio y que los que tienen vino para ven-

der lo vendan á los dichos presios que les pusieren

so las penas quel dicho alcalde y fiel executor les pu-

sieren y ningun pulpero ni otra persona que vende vi-

no pueda tener mas de un genero de vino so pena de treyn-

ta pesos por tersias partes camara jues y obras publicas.

Aqui el precio de Y enquanto a la propusicion de la leña se acordo

que de aqui adelante ninguna persona vaya com barcas

ni otros vajeles a las yslas y montes de la juridision

desta ciudad a cortar madera para vender sin lisensia del

cavildo o del Señor governador y quando se les diere

sea para traer la que hubiere menester para el gasto

de sus cassas y si la pidieren para traer leña para ven-

der ses con cargo que cada carretada de las que sue-

len traer el dia de oy la den puesta en el riachuelo a

tres pessos y puesta en la ciudad a tres pessos y me-

dio y siempre los que cortaren las dichas maderas an

de ser obligados a dejar horca y pendon conforme a

las leyes y esto se pregone para que asi se guarde so

pena de perdimiento de las barcas carretas y bueyes