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Página:ACEC TomoXII LibrosVIIyVIII SerieII.djvu/115

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LIBRO VII 109
por un ofisio que se me remato de rregidor del cabildo de
esta çiudad en ochossientos y cinquenta pesos los quatro
ssientos y Beinte y sinco de contado y los demas al plasso
puesto de que ofresco por fiador de ellos al theniente Se-
bastian Cabral de Aiala assi mismo persona de esta çiudad
persona abonada. A Vms. Pido y suppco aian por exsivi-
dos los dichos quatrosientos y Beinte y sinoo pessos y ad-
mitan el fiador que ofresoo el qual se obligara de manco~
mun ynsolidum con mi y otorgada la dicha fiança y obli-
gaçion se an de servir de mandar se me de el testimonio
de los autos neçessarios para ocurrir ante el señor Pressi-
dente por aprovassion del remate y titulo para ser reçe-
bido al usso del dicho ofissio pues es justissia que pido
etc. Juan Fernandes Gui11en—Anse por exsividos los
quattrossientos y Beinte y sinoo pessos del contado que
entera de la mitad del pressio en que se le remato a esta
parte el ofissio de rregidor y se le admite el fiador que
ofresse para la paga y seguridad de la otra mitad y cons-
tando estar otorgada la obligacion y fiança referida se le de
testimonio de los autos de que neoessitare para que ocurra
ante el señor pressidentte de esta Real audiençia por ti-
tulo en forma—Hernan Suares Maldonado—Alonso Mu-
ños Gadea—Proveieron y firmaron los señores thessorero
Herman Suares Maldonado—y contador capitan Alonso
Muñoz Gadea jueses ofissiales de la Real haçienda destas
provinçias del rio de la plata y las del paraguay por su ma-
gestad que Dios guarde en la çiudad de la Trinidad puerto
de Buenos aires a Beinte y dos de dissiembre de mill y
seissientos y sessenta y quattro años—ante mi Juan de Re-
luz y Huerta escribano de su magestad—Certifico y doi fee
a los señores que el presente Bieren como ante mi pare-
ssio Juan Fernandes Guillen y el theniente Sebastian
Cabral de Aiala principal y fiador y ambos a dos de man-
oomun e ynsolidum se obligaron a pagar los quatrossien-
tos y Beinte y sinco pesos del plasso de seis meçes con-
tenido en el decreto antesedente que son del resto del ba-