Página:ACEC TomoXII LibrosVIIyVIII SerieII.djvu/376

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página no ha sido corregida

868 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

barrubias por tiempo de tres años ofreciendo pagar por ellos a quatro cientos pesos cada uno el primer tercio de contado y Los demas por tersios corridos y fhas Las dili- xencisss necesarias se señalo dia para el rremate y estando en el ante los Jueses Y Señor Oydor que asiste a las al- «monedas de los efectos de la Real hacienda mejoro la di- cha su postura poniendo el dicho oficio por tiempo de quatro años pagados Los dos primeros en la forma Refe- rida y los siguientes a quinientos pesos asi mismo a dichos plaseos Con lo qual haviendosele admitido Presente el se- Bor fiscal so lo hisso rrematte de dicbo oficio por dicho tiempo de quatro años Y Le aeeto y se obligo a cumplir con el thenor del y de dar les fianssas nesscearias a satisfession de los dichos Jueses oficiales de la Real hacienda en Cuyo jusgado se presento y dio dichas fiansas Y hisso el entero del contado por lo que le mandaron dar testimonio de los suttos nesesarios pare ocurrir a este govierno por titulo y despacho para el usso de dicho ofisio. Le presento y con el una petission suplicandome que atento a que avia cumpli- do con el thenor de su obligaesion como constaba del dicho testimonio fuesse servido de le mandar despachar el dicho titulo para usser dicho oficio y por mi visto todo lo Re- ferido Y en considerassion de que en el susso dicho concu- rren Las partes y calidades que se requieren para el useo de dicho ofigio aprovando como apruevo el dicho rremate segun y como se contiene en nombre de su magestad— Y en virtud de los poderes y facultad que tengo de su Real persona y como su Governador y Capitan General en estas provincias Y su presidente en esta Real Audienesia y de la Real Zedula de quinse de Marsso del año passado de mil y seiscientos y sesenta y tres en que me da facultad para dar titulos de los oficios del distrito desta diche Real audiencia elixo proveo y nombro a bos el dicho Alferez Miguel Albares de Cobarrabias por tal Alguagil Mayor de mar y tierra desta giudad y su jurisdission Con asiento bos y voto en el Cavildo della con los demas regidores del Ca-