Página:ACEC TomoXIV LibrosIXyX SerieII.djvu/227

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LIBRO IX 219 ttor de que esta puesto testim”. en estos auttos p*. que assi los Guarden Litteralmente segun y Como se conttiene sin ynterprettase'”. alguna Pena lo conttrario Haziendo de Cien pessos aplicados por mittad Camara de su mag. y Gastos de fortificasiones la qual pena Pagaran los Capitu- lares del dho. Cav“. ynsolidum y condena en las Costas de esta Caussa al dho. rexidor Ag”. Gayosso a tassasion =y a las Parttes damnificadas en la Ventta del dho. vino se le deja y reserva su der”. a Salvo p”. que pidan lo que les com- benga y unos y otros lo executten y observen assi por con- benir al servicio de su Magestad bien y utilidad Comun y pu*, desta Republica y seguridad del comercio de este je- nero de vino de q”. unicam'. se nesesita p*. La Conser- vaso», de la jentte de guerra de este Presidio que es la que mas Consume y por el buen Gov". de ella y asi lo proveyo m', y firmo=Don Andres de Robles=Antte mi Ju”. de Reluz y Huertta scrivano de su magestad =

Y segun consta y paresse del dho. autto susso citado que para efecto de sacar este traslado correjirle.y consertarle me le entrego el Capp*. Ju”. de Reluz y Guerta escriv”. de su magi. y govierno q*. volvio a llebar a su poder a que en lo ness?. me refiero, y para q”. conste doy el press'*. en La ciu“. de la trinidad Puerto de Buenos Ayres en beyntisiette dias del mes de Mayo de mill y seiscientos Y setenta Y cinco años siendo testigos Antt”. Romero, Y Diego Albarez ves”. y Ress'*, y en ffee de ello Lo ssigno Y firmo.

En testim'. de verdad (Hay un signo) =Manuel de Marciañez So, de su Mag. pp”. y Cav*.

de oficio.

(Hay una rubrica)

El Mre. de Campo D. Andres de Robles cavallero del horden de Santiago Gobernador y Capp". General destas provincias del Rio de la Plata p. su Magestad que Dios e . ,

Por quanto el oficio publico y Cavildo desta Ciudad

Nombrar". de sore", Pp" y de Cavitdo.