LIBRO VI 161 mentto que hicieron conforme a derecho por Dios nuestro señor y una señal de cruz que del dicho examen que an hecho an rreconosido que el dicho Antonio de Pasaran puede curar el artte de la sirujia por quantto a dado su rrasson como persona capaz en ella y que la a estudiado y exercitado y haver venido de los Reynos de españa ga- nando sueldo de tal sirujano en el nabio que de presente esta en este puertto del capitan Martin de Telleria y que en quantto a Pedro de Silba no hallan ninguna sufisiensia en el por no haver dado su rrason en lo que a ssido interrogado y que assi se le debe mandar con graves penas no cure a persona alguna por ignorar como ignora el artte que a exersitado y esta exersitando de medicina y sirujia y que assi para el descargo de sus conciencias lo declaran y dizen mediantte el juramentto que tienen fecho y lo firmaron con nos el dicho governador y demas capitulanttes que por aora por no haver que tratar serramos este cavildo que passo por nos y ante nos por faltta de escribano pu- blico y Real.
Don Alonso de Mercado y Villacorta—Amador de Ro- xas y Azevedo—Juan Sacarias de la Sierra Morales.
CABILDO DEL 14 DE OCTUBRE DE 1660 (Foja 36 del libro original)
En la ciudad de la trinidad Puertto de buenos ayres en catorsse dias del mes de Octubre de mill y seissienttos y sesentta años El cavildo justicia y Regimientto desta dicha ciudad capitanes Amador de Roxas y Azevedo Juan Sacarias de la Sierra Morales vezinos y alcaldes hordinarios y Antonio Bernaltte de Linares depositario general y fiel
pato y le
19 do medina al sirujia y que
demas men- cionados en el acuerdo antese dentte presente us titulos