LIBRO vu 195 Cruz. Y abiendose leydo dicha petizion que presenta dicho alcalde Juan de Sacarias y visto el testimonio de la Real Cedula que refiere dixo dicho señor theniente general que por hallarse dudoso en la determinazion de lo que devia mandar assi en lo que pide “dicho capitan Juan de Sacarias Cierra Morales como en el exortatorio presentado por dichos señores juezes ofiziales Reales deseando aser- tar en todo ymbio a llamar al lizenciado Pedro de Obando y Zarate presbitero abogado de la Real Audiengia de la plata para que como persona tan docta y de tanta expe- riencia y letras como azesor de su magestad y deste ca- bildo de su pareser.
Y el alguazil mayor Don Juan Pacheco dijo que su pareser es que se llame a dicho lizengiado Pedro de Obando y que se conforma con dicho señor theniente ge- neral.
Y aviendo sido dicho señor lizengiado Pedro de Obando y Zarate llamado por un ministro parecio en esta dicha sala y aviendose leido el exortatorio referido peti- zion y testimonio de la zedula Real presentada por par- te del dicho capitan Juan Sacarias dixo que antes de aora en otras muchas ocasiones a sido consultado sobre ellas y cumplimiento de cicha Real zedula y asi mismo a visto contienda de juigio en la Real audiencia de la ciudad de la plata sobre su execuzion y lo que se a de- clarado es que la dicha Real gedula como en su Real hablar en la narrativa del pregio de los ofizios de cabildo que se compran a su magestad la desisiva se entiende del mismo precio de los ofizios que se compran y la deuda causada es dello y no de otras deudas extrañas que por otras causas se devan a su magestad y su pareser siempre en las consultas que se le an hecho a sido en conformidad del que a esto determinado por dicha Real audiencia y como en realidad de verdad se deve entender la dicha Real gedula por que la clausula ultima que mi- ra al devito y prohivizion se refiere y a de referir a la