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Página:ACEC TomoXI LibrosVIyVII SerieII.djvu/399

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LIBRO vir 387

CABILDO DEL 26 DE ENERO DE 1663 (Poja 221 del libro original)

En la ziudad de ttrrinidad puertto de Buenos ayres a res HO de veinte y seis dias del mes de henero de mill y seissientos y sesenta y ttres años el cavildo justizia y rrejimiento desta dicha ciudad con asistenzia del capitan Don Pedro de Morales y Mercado theniente general de justizia y gue- rra en esta dicha ziudad y provinzia y los capitanes Xptto- val de Loyola y Joan Bauptista del Hoyo alcaldes hor- dinarios y Anttonio Vernalte de Linares depositario ge- neral se junttaron en las cassas de su ayuntamiento para trattar cosas tocantes a el bien y uttil de la Republica como lo an de uso y costumbre y se comfirio y tratto lo siguiente. — Acordose unanimes y conformes por este ca- vildo que rrespectto de aversse coxido la cosecha de ttrigo deste presente año por aora y asta que ottra cossa se man- de se pregone que todas las personas que tienen amasijo y benden pan en sus casas o ffuera della no den menos de dos libras de pan por un Real pena de perdimento del que tuviere menos por la primera vez y por la segunda pena de cuatro pesos aplicados para la camara de su magestad y gastos de justizia por mittad ttrattose y acordose que corra el precio de la molienda del trigo en las chacras a quatro Reales fanega y los de la ciudad a seis Reales y que los dueños lo cunplan pena de diez pesos corrientes para la camara de su magestad y gastos de justizia por cada vez que lo contrario hisieren y se pregone asi mesmo. Y en el campo se de comision a uno de los Alcaldes de la santa hermandad para que haga saver este acuerdo a los dueños de las tahonas y le pare perjuigio. Acordose que respectto de ser cunplido los ttres años por que estan