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LIBRO VI 469

En cuia conformidad mandamos despachar el pressente para V. señoria en su ayuntamiento a quien de parte dle su magestad y administragion de su Real Hazienda exor- tamos y requerimos y de la nuestra pedimos que siendo pressentado con este despacho ante V. señoria el dicho Augustin Gaiosso le resivan al usso y exergicio del dicho officio de Rexidor de dicho cavildo que le fue rematado como en mayor ponedor por un año en dicho arenda- miento para que Je usse segun y de la munera que le usan los demas Rexidores y porque la calidad susodicha le fue admitida hara V. señoria assy mesmo prefiera el dicho Augustin Gaiosso en el asiento vos y voto a las demas per- sonas que arendaren dichos officios de rexidores y le guar- dara y le hara le guarden todas las honrras prehem:nencias franquezas y libertades de que deve haver y gozar y deven ser guardadas por razon del dicho oficio sin que falte cossa alguna que en lo mandar assy V. Señoria hara justicir segun y como su magestad lo tiene dispuesto por combetr- tirsse el efectto de este despacho en aumento de su Real Hazienda que administramos y nos havemos al tanto cad: que las suias veamos justicia mediante que es fecho en la sala de la Real Contaduria desta dicha ciudad de la tri- nidad Puerto de buenos ayres en quinze dias del mes de diziembre de mill y seiscientos y sesentta y tres años.—- Hernan Suares Maldonado — Alonzo Muños Gadea por mandato de su señoria—Juan de Relus y Huerta Serivano de su magestad.

Certifico aver enterado Augustin Gaiosso dies pessss de a ocho reales de la media natta por razon del rreji- miento del cavildo desta ciudad que se le remattó en aren- damiento por un año. — Buenos ayres diziembre quinze de mill y seiscientos y sesenta y tres años.—Alonzo Muños Gadea.

Los cappitanes thessorero Hernan Suares Maldonado y contador Alonzo Muños Gadea jueses oficiales de la Real Hazienda destas provincias del Rio de la platta y las del


Prosigue.