48 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRBS
dichas caxas de comunidades por ningun caso ni para nin- gun efeto que sea ni serviros de lo dichos indios ni ocu- parl sevimiento que se os hara cargo dello en vuestra residengia y sereis castigado con demostracion y es mi voluntad y man-
en ningunos ministerios de vuestro servicio con aper-
do que todo lo Referido se guarde y cumpla y ejecute por quanto se a declarado—No debeis satisfacer el derecho de la media anata de los dicho cargos por ser comprehendido en la esepgion general que yo tengo concedida de que no paguen el dicho derecho Los que me estuviesen sirviendo en guerra Viva por averlo vos echo en el ejercito de ca- talunia del año pasado de mil y seiscientos quarenta y qua- tro y que tomen la Ragon desta mi carta mis contadores de quentas que residen en el dicho mi consejo De las yndias. Dada en sarago:a a dos de mayo de mill y seis qientos y quarenta y cinco años.—Yo El Rey.—Yo don Gabriel de Ocaña y Alarcon Secretario del Rey nuestro señor La Hice escribir por su mandado y a las espaldas de la dicha Real cedula estan tres firmas que parezen son de los señores del Real consejo.— Conde Castillo.— Licenciado don Pedro Gz. de Mendoga.—Dotor don Paulo Aris Templado.—Tomo la Ragox Francisco Antonio Mansolo.—Tomo la Ragon Geronimo de Placa.—Registrada Pedro Formerio de Ocaña por el gran changiller su teniente Pedro Formerio de Ocaña.—Yo Lope de Badillo Llerena escrivano de camara del Rey nuestro señor en su consejo Real de las yndias Certifico y doy fe que ante los señores governador y del dicho Real consejo 'oy dia de la fecha el maestro de campo Don Jacinto de Laris cavallero de la orden de santiago presento este Real titulo que tiene de su magestal para los eargos de Governador y capitan General De las provincias del Rio de la plata segun Y como en el dicho Real titulo se contiene el qual fue leido por mi y visto y oydo por los dichos señores— Le ohedecieron con el respeto devido y mandaron que el dicho maestro de campo Don Jacinto de Laris hiciese el