Carcel pp.ca de esta, dha. ciudad con el salario propio queganaba el dho. Lorenzo de Ulatte que se le a de pagar Ysattisfacer de los Propios y rrentas de esta dha. ciudad en cada un año Y aviendo en ella Y hechosele nottorio Dijo queaceptava y acepto el dho. oficio de ministro portero Y carzelero de esta carzel y se le enttrego Una bara de la RealJusticia Y quedo Recevido al Usso de dho. ofioio Y por nohaver otra Cosa por aora que Conferir mandaron se Zerrasse Y lo firmaron=Juan Bap.ta fernandez. — D. Gaspar de Avellaneda.Mig.l de obregon. — Diego peres moreno. — Her.do Riv.amondragon. - Sebast.n Agueda de Verg.a — Ante mi:Fran.co de Angulo.—ss.no de su mag.d.
En la ciudad de la Trin.d Puertto de ss.ta maria de Buenos Ayres en Veinte v dos dias del mes de henero de milly settecienttos Y tres años El cavildo Justicia y rregim.tode esta ¢iu.d es A saber El capp.n Juan Baup.ta fernandezParra alcalde ordinario de primer Votto El capp.n DonGaspar de abellaneda alcalde ordimario de Segundo botto Elcapp.n D. Joseph de arregui Rexidor Propietario Y alferiezReal el capp.n Miguel de obregon alguacil Mayor el cap.nDiego perez moreno Rex.or decanon Y el capp.n hernandoRivera mondragon Rex.or y a este Cav.do no se allo elsarg.to Mayor D.n Ju.° Pacheco de s.ta Cruz crus por estaren Serv.o de su mag.d con orden del Gov.no y liz.a Y nitanpoco se allo el capp.n D. Baltassar gaette por estar emsus haciendas de Campo Estando Los Referidos Rex.res