Autos=Y Vistos se aprueba. Por aora el Arancel Remitido Por el Gov.ot de Buenos Ayres Y las claussulas nuevamente Añadidas a los sctos que no estan expressdos porel dho. Aranzel de la mesma suertte que si se ubieran determinado Por esta Real Audiencia en quien Privattivam.teResside esta Jurisdicion Y el dho. Governardor Alcaldes YCavildo de dha. Ciudad de Buenos Ayres Ynformen si estos derechos son proporcionados de excesivos segun lo moderado de los gastos Y acomodado de la Tierra Y Provincia Y si con el transcurso del tiempo se a minorado el Valor de los oficios Para la Real hacienda Y lo demas quesobre esta materia se les ofreciere Para dar Con su Vistala Providencia que pareciesse mas combeniente en conformidad de lo Pedido Por el señor fiscal=en la ciu.d dela Platta a Veinte Y tres de mayo de mill y setecientosY tres Años Proveyeron y Rubricaron el auto de susso losseñores Pressidente y oidores de esta Real Audiencia Yfueron Jueces los señores D. Miguel de ormaza Ponze deleon Doctor Don luis Anttonio Calbo Y lizenciados DonClemente de durana y Uriarte y Don Diego Hidalgo deescobar oydores Joseph de escobar.En la Ciudad de la Trin.d Puertto de Santa maria deBuenos Ayres en catorze dias del mes de Jullio de mill setecienttos y tres años el señor Maestre de campo Don alonsso Juan de Valdes y Ynclan Governador y capitan General de estas Provincias del Rio de la Plata por su Ma-