En la Ciudad de la Trinidad Puerto de ss.ta maria deBuenos Ayres en Treinta dias del mes de Agosto de milly setecientos Y quatro Años el cavildo Justicia y Rexim.toLos que de yusso firmaran estando en la sala de sus acuerdosPara Tratar y conferir las cossas ttocantes al servicio deDios nro. s.r Vien y Utilidad de la Republica estando asijuntos Para dho. efecto Dixeron Unanimes y Conformesque Por aora no ttenian que trattar ni Conferir ni cossaque se les ofrezca con lo qual mandaron se Zerrasse esteacuerdo y lo firmaron=Juan Bap.ta fernandez. — D . Gaspar de Avellaneda.Joseph de Arregui. — Mig.l de obregon. — Her.do Riv.amondragon. — A.te mi: Fran.co de Angulo. —s.s.no de sumag.d.
En la Ciudad de la trinidad de la trinidad Puertto dess.ta maria de Buenos Ayres en nuebe dias del mes de septiembre de mill y setecientos Y quatro Años el cavildo Justicia y Regimiento de esta dha. ciudad estando Juntos Ycongregados como lo an de Usso y Costumbre para Tratary Conferir Las cossas tocantes al servicio de Dios nuestros.r Vieu y utiilidad de la Republica en la sala de sus