Capitan Don Geronimo Caete, y de la s.ta hermandad losdhos. Cap.es Di.° Rodriguez y don Pablo de Ramila, y q.en todo y por todo Cumpliran con las obligaciones de Susoficios atendiendo al bien comun, pro, y Utilidad de larepublica, como se espera de Sus prendas, y Celo y a laConclusion del dho. Juram.to dijeron Si Juramos y amen ;y luego les fueron entregadas las baras de la Real Justicia,con lo qual quedaron Recividos al Uso y exercicio de susoficios y lo firmaron de q. doy fee=Y por haverse Cumplido el termino de los quatro meses del Turno de fiel executor se Siguio a entrar eu la bara el Cap.n Don Juan Pacheco de Sancta Cruz, a quien por ante mi el dho. s.s.no se leHecivio Juram.to por Dios y una Seña] de Cruz q. hizo enforma de drcho. de q. Usara bien y fielm.te el dho. Puestoy oficio de tal fiel executor, y a la Conclus.on Dijo si Juroy amen, y luego se le entrego la bara de tal fiel executory lo firmaron ut supraG.mo Gaette. — Sebast.n Agreda de Verg.a —- Josephde Arregui. —- D. Baltthazar de Q.na godoy. —— Mig.l deobregon, — D. Ju.° Pacheco de santa Crus. — D.n Pablode RamiIa.—Her.do Riv.a mondragon.—A.te mi: Fran.code Angulo.—s.s.no de su mag.d.
En la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos ayres aSeis dias del mes de Henero de mil setecientos y cincoaños el Cavildo Justicia y Regim.to de ellas, combiene asaver los Capitanes Don Geronimo de Gaete y Don Sevastian Agreda de Yergara Alcaldes Ordinarios, el cap.n DonDalthasar de quiunana Godoy Alcalde Provi.l de la SanctaHerm.d Don Miguel de Obregon Alguacil mayor, los Cap.es