Página:Acuerdos del Extinguido Cabildo TomoI LibrosXII XIV SerieII.djvu/558

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LIBRO XIV 551 obligaz.** de su oficio, guardando todos los Ynstitutos y hordenanzas q. Como tal Alcalde hordin.? deve guardar y cumplir, y a la concluss.* Dijo Sí Juro y Amen; con lo qual le entregó la bara de la R.! Justicia; y se sentó en su asiento y lugar quedando recivido al uso y ejercicio del dho. oficio de Alcalde hordin.” de primer voto: y en este estado entró en este Cav.% el dho. Cap." Juan Maciel del Aguila a q." en la misma conform.? se le hizo notorio el dho, nombram.' de Alcalde de la Sanctta herm.* y ha- viendo dado lais gracias a la $." del dho. Caw.% por la mrd. y horra q. le a echo, hizo el mismo Juram.'” de usar el dho. puesto y oficio fiel y legalm.* y a la con- cluss,* del dijo Si Juro y amen; y el dho. S.” Cap.” Di.” Perez Moreno le entregó la bara de la R.! Justicia y que- dó recivido en el ejercicio del dho. oficio, y por no haver otra cossa q. conferir mandaron Cerrar este Cavildo y lo firmaron = Joseph de Arregui. — Diego de Sorartte. — Mig.! de


obregon. — Her.* Riv.* mondragon. — Diego pes. mo- reno. —D. Gaspar de Avellaneda. —D.” Luis Pessoa de figueroa. — Ju. Maziel del aguila, — A.* mi: Fran.o de Angulo. — ss." de su mag.1,

CABILDO DEL 10 DE ENERO DE 1707

(Poja 33 vuelta del libro original)

En la Ciudad de lu Trinidad Puerto de S,* Maria de B. ayres á, diez dias del mes de Henero de mil setecien- tos y siete años: el Cavildo Justicia y regim.% de ella, combiene a saver los s.* Capitanes Don Luis Pezoa de

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