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BANCO ALEMAN TRANSATLÁNTICO Buenos Aires, Setiembre 15 de 1888.

Vistos: La solicitud que precede del Banco Alemin Transatlúntico pidiendo su incorporación á la ley de Bancos Nucionales Gorantidos, el informe de la Oficina Inspectora y el dictamen del señor Procurodor del Tesoro, y considerando: Que el Banco Alemin Transntlontico ho sido constituldo de acuerdo con los leves vigentes, y sus estatutos aprobados por el Poder Ejecutivo Necional, funcionando actunimente como tal Banco, en cuyo virtud pueden derse por cumplidos les formalidades relntivos á la constitución de la socierdad y el depósito del copital realizado que exige la ley de Boncos Nacionales Gurantidos en sus ortículos 2 y3.

Que tratándose de un banco formado con copitales extrnnjeros y cuyos accionistas residen en el extranjero, no son esenciales las prescripciones de lo precitada ley en su ert. 3, referentes d su responsohilidod, nómina y domicilios, porque los fines de la ley están llenados, toda vez que el capital social del Banco ha sido integrado, y le responsnbilidad del accionista es limitada á la integroción del respectivo capital social.

El Prcsidente de la República- DECRETA : Art. 1° Declárase incorporado á la ley de Bancos Nacionoles Gorantidos, el Banco Alemón Tronsatlúntico,