que continúan Ins fuertes cxtrocciones de depúsitos de los bancos particulores y del público, y que sus reservos hen disminuldo de una monero tal que hacen temer se produzca un conflicto grave pura el Bonco, impidiendo que puedo seguir sus operaciones: Que para hocer frente á esta situnción crée que es indispensoble que la Oficina Inspectorn de Bancos Nucionoles Guruntidos le hage unn nuev8 entrega hasto de cinco milloncs de pesos (5.000,000 $) en billetes de lo emisión garantida con cergo de pronta y oporluna devolución; y por los demüs fundumentos enunciodos en el Acuerdo del 8 del corriente sobre entrege de emisión al expresado Bonco Nocionel y ol Bonco de la Provincin de Bucnos Aires.
El Presidente de la Repiblica en Acucrdo de Ministros DECRETA : Art. 1* Queda outorizado el señor Ministro de Huciondn hncer entrega por la Oficine Inspectora de para Buncos Nacionales Garantidos, al Banco Nacionnl hnstn In suma de cinco millones de pesos ($5.0X),000) en emisión de los Bancos Nocionales Gorantidos, en calidal de préstamo y con cargo de ser devucltos cuando lo determinc el Ministerio de Haciende.
Art. 2° En el evento de no tener In Oficine Inspectorn, hobilitado, ln cantidad suficiente de emisión pero hncer estu entrega, cl señor Ministro de Hociendo queda nutopara emitir rfo, á 90 dfas de plozo y ul interés que sa convengn, entregondo su producto al Banco Nocional, cuyo importe se deduciră de los cinco milloncs de pesos que expresa el ort.
1° que precede. Los descuentos, comisiones y demús gnstos de la colocación de las letrns serún de corgo del Banco, y tombién sera de su cnrgo pagnr las letros ú su vencimientorizudo descontar en ploza, letros de Tesore-