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y resérvese en Secretaría, hasta que sean agregados los documentos comprobatorios de la quema y recibo del título.

L. J. QUINTEROS.

A lberto Aubone.

Secretario Interino.

BANCO DE ITALIA Y RIO DE LA PIATA Buenos Aires, Octubre 22 de 1890.

Vistos: la solicitud del Banco de Italia y Rio de la Plata con fecha 13 del corriente mes pidiendo su eliminación como Banco Garantido y lo informado por la Contaduría de esta Oficina y:-Considerando que el art. 10 inciso 20 de la Ley de 3 de Noviembre de 1887 y art. 28 del Decreto Reglamentario de la misma confiere la facultad suficiente ú la Oficina Inspectora para solucionar este punto se RESUELVE: 1° Declarar eliminado como Banco Garantido acogido á la Ley de 3 de Noviembre de 1887 al Banco de Italia y Rio de la Plata, cuya emisión es de un millón de pesos.

20 Hacer saber al Banco recurrente que puede entregar en la Tesorería de esta Oficina los cinco mil billetes de doscientos pesos c/u. para proceder á su recuento é inutilizarlos debiendo fijarse oportunamente el día para su destrucción por el fuego conjuntamente con los mil