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Página:ChFSA FD1197107110(1).djvu/10

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Nosotros pensamos que en este proyecto se otorgan a los concesionarios demasiadas garantías y facultades. Me refiero a los concesionarios de minas, que los convierte casi en propietarios. El plazo para pagar las indemnizaciones, que originalmente era de treinta años, ahora podrá ser inferior. Originalmente, el interés era sólo de un tres por ciento anual. Ahora podrá elevarse.

En el proyecto nuestro se responsabilizaba a las administraciones actuales de las empresas, de la situación de los bienes a su cargo. En el proyecto votado por el Congreso, se suprime esta disposición.

El proyecto original disolvía las sociedades mixtas formadas en virtud de los convenios, y facultaba al Presidente de la República para organizar la explotación de las minas por cuenta del Estado. El proyecto que votará el Congreso reconoce las sociedades mixtas y establece nuevas sociedades que serán continuación de aquellas. El cambio tiene por objeto salvar los resultados de los convenios. Esta razón política solo ha servido para hacer más confusas algunas disposiciones del proyecto.

En el proyecto original, el Estado tenía facultades más amplías para resolver las deudas de las empresas que pagaba. El proyecto actual tiene, además, otros vacíos que no podremos analizar, para no dar argumentos, precisamente, a las empresas que seguramente van a defender sus derechos. Y destaco que están garantizadas sus posibilidades de defensa de sus derechos, demostrando la equidad de este gobierno y también del Congreso, cuando se establece que será el contralor general de la república el que fije el monto de las indemnizaciones, cuando se entregue al jefe del Estado la apreciación de lo que debe descontarse por las sobreutilidades obtenidas sobre el promedio internacional, y cuándo este mismo Presidente de la República pueda fijar el plazo en que deban pagarse estas indemnizaciones. Además, establece un tribunal ante el cual pueden apelar las compañías, formado por dos ministros de la Corte, por el jefe de impuestos internos y, además, por un representante del tribunal constitucional, que tendrá que constituirse, y por vicepresidente de la Corporación de Fomento.

Con ello estamos demostrando que este Gobierno Popular, que es un gobierno revolucionario, le da, aún a los que han explotado a Chile, la posibilidad de defender sus derechos, si legítimamente pueden hacerlo. Nosotros procederemos con responsabilidad y mostrando que el pueblo no necesita apropiarse de lo ajeno, sino, sencillamente, ventilar con conciencia revolucionaria la verdad de las empresas. Y pagaremos indemnización si es justo, y no pagaremos indemnización si es injusto. (APLAUSOS PROLONGADOS).