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COLÓN

bridor—que ha copiado del P. Las Casas,— las causas que instaban al Rey para no confiarle el gobierno de las Indias? No hace falta la perspicacia reconocida entre las condiciones superiores del soberano, para advertir en las gestiones mismas del pretendiente á qué punto llegaban sus alcances, y no se ha de hacer al monarca el desfavor de creer que no los aprendiera en el que fué su paje desde niño. ¿Pues qué, sin más ni más se confian los altos intereses del Estado, la hacienda, la honra y la vida de las personas, no habiendo garantía de dar buena cuenta de ellas?

No era misterio en la corte que D. Diego Colón había heredado los defectos de su padre, y no las virtudes; «era de buenas entrañas, más simple que recatado, ni ambicioso,» dice el P. Las Casas que no juzgaba de oídas; pues bien, pretendía en demanda ante los tribunales la posesión de los oficios de Virrey y Gobernador perpetuo de las islas y tierra firme del mar Océano, desde la región llamada de los Bacallaos hasta el estre- cho de Magallanes, con más, si más se descubriese y la jurisdicción absoluta, de modo que la casa de la Contratación de Sevilla de-