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Y LA HISTORIA PÓSTUMA

Quiere decir esto, que se había fallado en su favor el pleito, y por consecuencia, en las cédulas sucesivas, incluso una de 2 de Julio del mismo año, concediendo á D. Hernando Colón repartimiento de trescientos indios de los que hubiere vacos ó vacaren, se le nombra «D. Diego Colón Almirante, Viscrvey é Gobernador general de las islas que fueron descubiertas por vuestro padre é por su industria.110 En dichas cédulas, si hay desaprobación de los actos impremeditados y á todas luces censurables, está escrita en términos que no dejan en buen lugar el juicio del Conde de Roselly, que si de algo pueden tacharse es de sobra de benevolencia y consideración. Así, por ejemplo, en una que tiene fecha 25 de Julio se le indica, que acaso con mejor diligencia y recaudo se hubieran evitado las sensibles desgracias acaecidas á Ojeda, Nicuesa y Juan de la Cosa.111 Pero no hay razonamiento que tan elocuentemente muestre la sin razón del Conde y lo que en verdad eran D. Fernando el Católico y D. Diego Colón, como las cédulas mismas. Véase una de ellas.

«El Rey — D. Diego Colón, nuestro Almirante, Visorrey e Gobernador de la isla