Página:Colección de documentos inéditos de las antiguas posesiones españolas de ultramar. Tomo 1. Isla de Cuba.djvu/275

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido corregida
266
ISLA DE CUBA.

dicho señor Gonzalo de Guzmán que Su Majestad había proveído que le tomasen la dicha residencia, que como por las provisiones de Su Majestad conste le fué notorio de todo lo susodicho, á cabsa de lo cual él no tiene que decir cosa sobrello, salvo el dicho señor Gonzalo de Guzmán complir lo que Su Majestad manda, e que como dicho tiene, si él mandó que el término de la dicha residencia corriese desde primero de agosto fué por lo que arriba se contiene, e demás porque como es notorio en esta dicha isla, el dicho Licenciado ha tenido en la villa de San Cristóbal de la Habana tratos e contrataciones, e hay de la dicha villa á esta cibdad cerca de trescientas leguas, e asimismo ha tenido las dichas contrataciones en la villa de la Trenidad, que hay della á esta cibdad ciento e cincuenta leguas, e más, como consta por la información que sobrello ha recibido, á cabsa de lo cual mal podrían saber en las dichas villas en los dichos cincuenta días como el dicho Licenciado e sus oficiales han de hacer la dicha residencia, e que en lo que dice que por haber sido juez ha de ser conservado e guardado mucho su honor, que después quel dicho Licenciado dejó el dicho cargo e el dicho señor Gonzalo de Guzmán le tiene, siempre lo ha tratado muy bien e como él bien sabe, que con todos los buenos del pueblo ó con la mayor parte dellos el dicho señor Gonzalo de Guzmán ha ido á la posada del dicho Licenciado, ques en postrero de la