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ISLA DE CUBA.

pidió á mí el dicho escribano todo se lo dé por testimonio, para se presentar como dicho es, e demás dijo que protestaba e protestó todo lo que en tal caso puede e debe e á su derecho en razón de lo susodicho conviene: testigos, Juan de la Torre, escribano en esta dicha cibdad, e Juan Amores.—Gonzalo de Guzmán. Las cuales dichas provisiones e información que el dicho señor Gonzalo de Guzmán mandó poner con esta su repuesta, son estas que se siguen.

(Se insertan á continuación el documento número 11 y confirmación del mismo, fecha en Zaragoza á 13 de noviembre de 1518, y la información en que Pedro de Paz, Fernando de Castro y otros declaran haber usado Diego Velázquez el oficio de repartidor de caciques é indios, y que la repartición de solares y tierras corresponde á los concejos.)

E después desto, primero día del dicho mes e del dicho año, el dicho señor Gonzalo de Guzmán mandó á mí el dicho escribano saque un treslado de la dicha información e se lo dé en pública forma, para quél lo presente adonde á su derecho convenga, e yo Juan de la Torre, escribano de Su Majestad susodicho, lo que dicho es, según que ante mí pasó, lo fice escribir e por ende fice aquí este mío signo á tal en testimonio de verdad.—Juan de la Torre, escribano de Su Majestad.