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ISLA DE CUBA.
107.
(1528.—Febrero 15.)—Real cédula al gobernador y oficiales Reales contestando sus cartas y avisando recibo del oro. Le place la reducción que van haciendo los indios alzados, reconociendo el buen tratamiento como el medio mejor de conseguirla. Concede limosna para la obra de la catedral, debiendo entender en ella el obispo electo Fr. Miguel Ramírez. Aprueba los gastos de un túmulo, etc.—A. de I., 139, 1, 7.


El Rey.—Nuestro gobernador y oficiales de la isla Fernandina: Vi vuestra letra de veinte de marzo del año pasado en que me hacéis saber como antes me habíades escripto el estado de las cosas desa isla, lo cual acá no se rescibió: debéis mirar con quién enviáis vuestros despachos, porque vengan á recaudo, y cuanto á lo que toca á lo que decís que no conviene poner en libertad los indios desa isla por su incapacidad, por lo que en vuestra carta decís, ya en esto está proveído lo que ha parescido que más conviene al servicio de Dios nuestro Señor y bien desa isla e de los della e de su conversión á nuestra santa fe católica, que es que lo habemos cometido al obispo que á esa isla va, y al nuestro gobernador de ella: aquello es nuestra voluntad que se guarde al presente.

Los dos mill et cuatrocientos et veinte e un pesos y dos tomines e once granos de oro fino et mill et ciento et setenta et seis pesos et siete tomines et seis granos de oro bajo de quilates y novecientos y noventa y dos pesos et tres tomines e seis granos de