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ISLA DE CUBA.

Primeramente que hayáis e cumpláis con mucha diligencia e cuidado y vigilancia todo lo contenido en nuestra provisión que lleváis tocante, y que miréis que ninguno haga frabde ni engaño en las fundiciones del oro que en la dicha isla se hobieren de hacer, y que tengáis cuenta e razón dello particularmente en un libro que tengáis, y avisarnos héis de todo lo que se hiciere en cada fundición, particularmente, y que es lo qué en cada una se mete á fundir.

Item, si en la dicha isla ó por otras islas comarcanas se hicieren algunos repartimientos desde la dicha isla, por trato ó en otra cualesquier manera, habéis de tener mucho cuidado de tener aviso sobre lo que se hiciere de lo susodicho, para nos lo hacer saber, de manera que de todo lo que allá pasare seamos avisados.

Item, habéis de mirar y estar sobre aviso en saber si van á la dicha isla algunas personas sin nuestra licencia e de los nuestros oficiales de la nuestra Casa de la Contratación de las Indias que residen en la cibdad de Sevilla, e avisarnos héis quiénes son.

Item, habéis de tener mucho cuidado que lo contenido en las ordenanzas que allá se han enviado ó se enviaren de aquí adelante, y en lo que á vos tocare, se guarde e cumpla, porque así cumple á nuestro servicio, y avisarnos héis siempre si se guardan por los otros nuestros oficiales que allá residen e residieren de aquí adelante.