Ir al contenido

Página:Constitución del Estado de Nuevo México 1910 español.pdf/215

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página no ha sido corregida

Artículo XXI – Pacto Con Los Estados Unidos

cuando Nuevo México sea admitido como estado. Sección 9. [Consentimiento a las disposiciones de la Ley Autorizante.] Este estado y su pueblo, dan su consentimiento a todas y cada una de las disposiciones de la legislación del congreso, aprobada el veinte de junio, mil novecientos diez, con respecto a tierras cedidas o confirmadas a favor de este estado, y dan su consentimiento a los términos, condiciones que fueron las bases de dichas cesiones y confirmaciones y los medios y la manera de hacer cumplir dichos términos y condiciones, todo conforme a los detalles y particulares de dicha legislación. Sección 10. [Pacto irrevocable.] Esta ordenanza es irrevocable sin el consentimiento de los Estados Unidos y el pueblo de este estado, y ningún cambio o derogación de esta ordenanza, total o parcialmente, se efectuarán por medio de enmienda constitucional, sin el consentimiento del congreso.

215