Página:El contrato social (1819).djvu/201

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
195
SOCIAL.

El Tribunado no es una parte constitutiva de la Ciudad, y no debe tener alguna porcion ni del poder legislativo ni el executivo; pero por esto mismo es mayor el suyo, por que no pudiendo hacer nada, lo puede impedir todo, y el Tribunado es mas sagrado y reverenciado como Defensor de las Leyes, que el mismo Príncipe que las executa y el Soberano que las da. Esto se vio claramente en Roma quando estos fieros Patricios que despreciaban siempre el Pueblo entero, fuéron forzados á humillarse delante de un simple Oficial del Pueblo que no tenia ni auspicios ni jurisdiccion.

El Tribunado sabiamente templado es el mas firme apoyo de una buena Constitucion; pero por poca fuerza de sobra que tenga, lo destruye todo. En órden á su debilidad no le es natural: hasta que él sea alguna cosa, y nunca sea ménos que lo que es necesario. Degenera en tiranía quando usurpa el poder executivo del que no es mas que moderador, y quando quiere dispensar las leyes que solo debe proteger. El enorme poder de los Eforos que existió sin peligro, miéntras que Esparta conservó sus costumbres, aceleró su corrupcion comenzada. La sangre de Agis degollado por estos