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Página:El contrato social (1836).djvu/36

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y sostenidos con todas las fuerzas de este contra el estranjero por una cesion ventajosa para el público, y mas ventajosa aun para los particulares, han adquirido, por decirlo asi, todo lo que han dado; paradoja que se esplica facilmente distinguiendo los derechos que el soberano y el propietario tienen sobre una misma cosa, como se verá mas adelante.

Tambien puede suceder que empiecen á juntarse los hombres antes de poseer algo, y que apoderándose en seguida de un terreno suficiente para todos, disfruten de él en comun, ó se lo partan entre sí, ya sea igualmente, ya segun la proporcion que establezca el soberano. Pero de cualquiera manera que se haga esta adquisicion, siempre el derecho que tiene cada particular sobre su propio fundo está subordinado al derecho que el comun tiene sobre todos; sin lo cual no habria ni solidez en el vínculo social, ni fuerza real en el ejercicio de la soberanía.

Concluiré este capítulo y este libro con una observacion que ha de servir de base á todo el sistema social; y es que en lugar de destruir la igualdad natural, el pacto fundamental sustituye al contrario una igualdad moral y legítima á la desigualdad física que la naturaleza pudo haber establecido entre los hombres, quienes pudiendo ser desiguales en fuerza ó en talento, se hacen iguales por convencion y por derecho.[1]

  1. En un mal gobierno, esta igualdad solo es apa-