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Página:El contrato social (1836).djvu/46

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en su objeto del mismo modo que en su esencia; que debe salir de todos para aplicarse á todos, y que pierde su rectitud natural cuando se inclina á algun objeto individual y determinado, porque entonces, juzgando lo que nos es ageno, no tenemos ningun principio de equidad que nos guie.

En efecto, luego que se trata de un hecho particular sobre un punto, que no ha sido determinado por una convencion general y anterior, el asunto se hace contencioso: es un proceso en el cual los particulares interesados son una de las partes, y el público la otra, y en el cual no veo ni la ley que se ha de seguir, ni al juez que debe pronunciar. Seria hasta ridículo querer atenerse entonces á una espresa decision de la voluntad general, que solo puede ser la determinacion de una de las partes, y que por consiguiente no es con respecto á la otra mas que una voluntad agena, particular, llevada en esta ocasion hasta la injusticia y sujeta á error. Asi pues, de la misma manera que una voluntad particular no puede representar la voluntad general; esta muda á su vez de naturaleza, teniendo un objeto particular, y tampoco puede como general pronunciar ni sobre un hombre, ni sobre un hecho. Cuando, por ejemplo, el pueblo de Atenas nombraba ó deponia sus jefes, concedia honores al uno, imponia penas al otro, y por una multitud de decretos particulares ejercia indistintamente todos los actos del gobierno, entonces el pueblo no tenia ya volun-