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IV
PRÓLOGO

exámen hará en primer lugar la materia de este prólogo; investigaremos luego cómo el rey don Alfonso es autor del código de las Partidas; quiénes fueron los que le ayudaron á formarle, y quál su primitivo título: después hablaremos de su publicación, de la autoridad que ha tenido y tiene, y últimamente daremos cuenta del cuidado y esmero con que se ha hecho la edición que ahora se publica.

El dar buenas leyes á los pueblos se ha tenido por una empresa tan interesante y difícil, que comunmente se ha desesperado poderlas recibir de solo el humano ingenio, y se ha creido indispensable la intervención de la divinidad. De aquí es que varios legisladores le han atribuido las que promulgaban para conciliarse y conciliarles mayor veneración; y en verdad que si en suponerlas materialmente dictadas por algún númen, usaban de un engañoso artificio, en el fondo, si ellas eran lo que debian ser, esto es, justas y útiles, tenian razón en darlas por una derivación de la divina inteligencia. Es la ley una invariable regla de obrar bien , ó lo que es lo mismo, de obrar convenientemente á los fines y objetos de la sociedad civil á que el hombre es destinado por su naturaleza; de manera que por ella cada uno de los miembros del cuerpo político cumpla exáctamente con las funciones que le han cabido, y de aquí resulte una admirable armonía entre la muchedumbre que racionalmente obedece, los subalternos que prudentemente executan, los magistrados que justamente mandan, y el gefe ó cabeza que vela igualmente sobre todos, haciéndose esto con tal órden y concierto que parezca que se hace por sí mismo sin percibirse la disposición artificial que todo lo gobierna. Esta es la ley si ha de merecer tal nombre; y siéndolo, ¿quién no ve su afinidad con aquella razon eterna que dió al mundo leyes inmutables, segun las quales se rige constantemente en todas sus partes, desde los celestiales cuerpos, que nunca alteran sus arreglados movimientos, hasta la mas pequeña brizna de yerba, que nunca muda su ser, ni da semilla sino para producir otra de su misma naturaleza? á lo menos este debe ser el modelo que imiten las leyes humanas, y aquellas serán las mejores en que mejor se halle copiado.

No se dan estas ideas de la esencia de la ley con la mira de persua-