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ANEXO H


REFORMA DEL ARTÍCULO 4° Y DEL INCISO 1° DEL ARTÍCULO 67 DE LA CONSTITUCION DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

La Convencion Nacional sanciona lo siguiente:

Primero.—Suprimese del articulo 4° de la Constitucion Nacional la parte que sigue hasta 1866 con arreglo á lo estatuido en el inciso 1º del artículo 67, debiendo quedar dicho articulo 4° en los términos siguientes:—"El Gobierno Federal provee á los gastos de la Nacion con los fondos del Tesorero Nacional, formado del producto de derechos de importacion y esportacion, del de la venta ó locacion de tierras de propiedad nacional; de la renta de correos, de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente à la poblacion imponga el Congreso General, y de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo Congreso para