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Página:Manual de finanzas personales y de familia.pdf/120

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CAPÍTULO 6 ¥
LAS FINANZAS PERSONALES

Liquidación periódica de sueldos

HABERESDESCUENTOSLÍQUIDO
SUELDO (FIJO O

VARIABLE) COMISIONES HORAS EXTRAS GRATIFICACIONES OTROS HABERES

– DESCUENTOS

PREVISIONALES DESCUENTOS POR IMPUESTO A LA RENTA OTROS DESCUENTOS

= DINERO

PARA EL TRABA– JADOR

MOVILIZACIÓN

COLACIÓN ASIGNACIÓN FAMILIAR OTROS BENEFICIOS

NO TIENE

Los jóvenes que realizan trabajos ocasionales sin vinculación laboral como los trabajadores dependientes, se incorporan a la categoría de trabajadores independientes. No tienen descuentos previsionales ni de impuesto único a la renta. Deben emitir boletas de honorarios por los montos pactados por los trabajos e incorporar en esta la retención del 10,75 % (porcentaje actualizado en enero de 2020), valor que será destinado a pagar el impuesto al trabajo y a cubrir sus aportes previsionales.

El beneficio de asignación familiar se paga a los trabajadores activos de acuerdo con ciertos requisitos (hijos menores de 24 años, cónyuges, padres o abuelos —cuando estos dependen del trabajador como «cargas autorizadas»— y otros beneficiarios). Este beneficio es de cargo del Estado y su monto varía según el sueldo del trabajador.


Asignación familiar por
carga autorizada, según
sueldos en pesos

RANGO DEL INGRESO EN

PESOS

MONTO POR

CARGA EN PESOS

HASTA 315.84112.364
ENTRE 315.842

Y 461.320

7.587
ENTRE461.321

Y 719.502 2.398

SUPERIOR A 719.5030

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