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Legislación sobre la planificación territorial

Para el caso de Argentina, la legislación que se revisará será la de la Provincia de Mendoza, que se posiciona como referente en la región para el abordaje de esta problemática al ser la primera en contar con un amplio marco jurídico-normativo: la Ley de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo N.° 8051/09; el Plan Estratégico de Desarrollo de 2010 y el Plan Provincial de Ordenamiento Territorial (PPOT), Ley N.° 8999/17. Además, la mayoría de los 18 municipios que conforman el territorio provincial cuentan con su Plan Municipal de Ordenamiento Territorial (PMOT) de acuerdo con lo dispuesto por la Ley N.° 8051 (Guardamagna y Reyes, 2019). En cuanto a Chile, la legislación aplica a nivel nacional y corresponde a la Ley General de Urbanismo y Construcción y su ordenanza, las que establecen los pasos y etapas necesarias para su ejecución y donde se garantiza la participación ciudadana sobre todo en la elaboración.

El proceso de elaboración de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) de Mendoza contempla la institucionalización de instancias participativas, tanto en el nivel provincial como en el municipal. Para ello, la ley define una secuencia de etapas en el proceso de planificación, es decir, procedimientos específicos para la elaboración de los planes, la mayoría de los cuales contemplan mecanismos de participación ciudadana.

Los POT deberán permitir la intervención de todos los actores involucrados a fin de priorizar metas y objetivos, detectar problemas y conflictos y establecer las acciones a seguir, logrando el máximo nivel de beneficio público posible, definiendo propósitos, objetivos y metas compartidas, que permitan alcanzar los objetivos fijados por los planes (Inc. l. Anexo 2. Art. 11. Cap. 2. Ley N.° 8051/09).