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Página:Revista de España (Tomo I).djvu/16

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DE LA IMPRENTA EN FRANCIA

á la imprenta, y uno de ellos no solo preconizaba la virtud de las advertencias, sino que conjuraba á los amigos del imperio, y particularmente á los del tercer partido, á que renunciando á veleidades de insubordinación, cerrasen su ánimo á toda esperanza de cambio en la politica. Aun casi repetian estas palabras los ecos del palacio donde celebra el Cuerpo legislativo sus sesiones, cuando los parisienses, que se habían dormido en la persuasión de un statu quo perenne, al despertarse encontraron en el Monitor del 20 de Enero la carta del Emperador al Ministro de Estado, carta tan inesperada como justa y universalmente aplaudida.


II.


Decia así aquel memorable documento:

«Dúdase hace algunos años si han alcanzado nuestras instituciones el límite de su perfección, ó si han de dar lugar á alteraciones que la mejoren; de donde nace penosa incertidumbre á que conviene poner término. Hasta ahora ha sido vuestro deber el luchar con valor en mi nombre para rechazar inoportunas reclamaciones, dejándome la iniciativa de útiles reformas cuando su hora haya llegado. Hoy estimo que es posible dar á las instituciones del Imperio toda la latitud de que son susceptibles, y nueva extensión á las libertades públicas sin riesgo del poder que la nación me ha confiado.»

Seguía á este preámbulo una lacónica y clara exposición de las variaciones que S. M. Imperial había juzgado oportuno se hiciesen en la legislación constitucional para corregir los defectos que la experiencia había puesto en claro, y acudir con previsoras medidas á las necesidades de lo venidero.

Después de hablar de otros asuntos, en cuanto á la imprenta y el derecho de reunión, decia así la carta imperial:

«Pero no se limitan á esto solo las reformas que ha llegado el caso de adoptar: conviene presentar una ley que atribuya exclusivamente á los tribunales el juicio de los delitos de imprenta y suprima el poder discrecional del Gobierno. De igual manera es necesario arreglar legislativamente el derecho de reunión, restringiéndolo dentro de los límites que la seguridad pública prescribe.»

Con la reforma del decreto vigente de imprenta habían de quedar recompensados ampliamente los partidarios de la discusión política de cuanto pudieran perder en la supresión de los debates del mensaje. Aun eran desconocidas la forma y economía de la nueva