▼dirijidas a la Comision para que ésta prevenga a los tesoreros su cubierto.
"Este es el orden con que S.E. quiere se proceda en este importante negocio, que tengo el honor de comunicar a V.S. de superior orden para su cumplimiento."
Con la mas alta consideracion lo trascribo a V.E. en contestacion a su honorable comunicacion de aquel mismo dia. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, 7 de Setiembre de 1819. —▼Bernardo O'Higgins. —Excmo. ▼Senado.
Núm. 317
Excmo. Señor:
▼Tengo el honor de devolver a V.E. el espediente de doña Mercedes Badiola con el informe de los ministros de la Tesorería Jeneral para que V.E. se sirva acordar lo que estime de justicia. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, 7 de Setiembre de 1819. —▼Bernardo O'Higgins. —Excmo. ▼Senado.
Núm. 318 [1]
Excmo. Señor:
▼Dirijo a manos de V.E. con la mayor atencion la adjunta nota del Vice-Almirante de la escuadra nacional Lord Cochrane para que, impuesto del celo patriótico que la motivó, se sirva V.E. acordar lo conveniente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Setiembre 7 de 1819. —▼Bernardo O'Higgins. —Excmo. ▼Senado.
Núm. 319
▼Contesto el oficio de V.S. fecha 6 del mes que rije, asegurándole se dará cumplimiento a la orden del Excmo. Senado para que facilite la tesorería de esta Casa de Moneda con el arca de tres llaves, i cooperará en todo la Contaduría para el asiento de las partidas de las cantidades que con anuencia de los comisionados se entreguen en el actual empréstito, sirviéndose V.S. asegurarle a S.E. es imposible en las actuales circunstancias comprar la plata vírjen para ligar la chafalonía al precio que me indica de siete i medio pesos el marco. —Dios guarde a V.S. muchos años. —Casa de Moneda, Setiembre 7 de 1819. —▼José Santiago Portales. —Señor secretario del Excmo. ▼Senado, don ▼José María Villarreal .
Núm. 320.
Excmo. Señor:
▼El Rejidor fiel ejecutor, ántes de dar principio a la visita, hizo presente los gastos que tenia que hacer en el resguardo que habia de acompañarle, i consultando si exijia por los derechos que se hacían en tiempo del gobierno español, el ▼Cabildo, conociendo la necesidad de la visita, por el desarreglo de los pesos i medidas, ocasionado sin duda del mucho tiempo a que no se practicaba esta dilijencia i que de otra suerte no se efectuaría, acordó que se arreglase al arancel que se hallaba en poder de don Ignacio Valdés, fiel ejecutor en aquella época. La visita ha sido útilísima al público, porque en la plaza solamente se recojieron para darlos al fuego cincuenta almudes, i en algunas varas i pesos se han encontrado que les faltaba.
El ▼Fiel Ejecutor ha informado que, con motivo de estar encargado del Hospital militar i otras comisiones que ha tenido del Cabildo, no ha podido ausentarse de la capital i que a un hijo suyo lo comisionó para la visita del campo. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala Capitular de Santiago, Setiembre 7 de 1819. —▼Manuel Echeverría. —▼Benito de Vargas. —▼Miguel Valdés i Bravo. —▼José Raimundo del Rio. —José María de Astorga. —▼Domingo de Eyzaguirre. —Excmo. Senado.
Núm. 321.
▼Queda en mi poder el oficio de V.S. de fecha de ayer en que se sirve insértame el decreto del Excmo. ▼Senado, en que dispone se reciban en esta Tesorería de mi cargo las cantidades señaladas al vecindario para auxiliar la ▼espedicion del Perú, cuya observancia i cumplimiento puntualizaré según i en los términos que en él se me ordena. Dios guarde a V.S. muchos años. —Santiago, 7 de Setiembre de 1819. —Silvestre Muñoz de Ochagavía. — Señor secretario del Excmo. Senado, don ▼José María Villarreal.
Núm. 322
Con la nota de Ud. de 6 del que rije manifestando que los que reconocen dineros a ínteres a favor del Seminario quieren gozar del indulto de la rebaja acordada para los censos i capellanías, decretó el Excmo. Senado que para su gobierno se le trascribiera la resolucion que con fecha 7 de Diciembre de 1818 se espidió por S.E. i dice así:
(Aquí el acuerdo.)
De orden de S.E., se lo comunico para su conocimiento. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Setiembre 9 de 1819. Al señor Rector del Ins
- ↑ Este documento ha sido trascrito del vol. I, Correspondencia Cámara. 1818-1823, del archivo del Ministerio de Hacienda. —(Nota del Recopilador.)