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SESION DE 18 DE JUNIO DE 1819
El de su Recoleta $ 40
Convento de San Agustin 40
Casa grande de la Merced 50
Monasterio de las Monjas Agustinas 85
Idem de Santa Rosa 30
Idem de Santa Clara, de la Cañada 60
Idem de las Claras, de la Plaza 20
Idem de las Carmelitas de San José, en la Cañada 30
Idem de las Carmelitas de San Rafael 40

Asciende la mensual contribución a veintiún mil ciento noventa pesos. —Santiago i Mayo 2 de 1817. —Fernando Errázuriz. —Domingo de Eyzaguirre. —Juan Zarina. —José Antonio de Campino. —Manuel Valdés. —Felipe Santiago del Solar. —Manuel Echeverría.


Excmo. Señor:

El señor Gobernador de Valparaíso ha pasado al Cabildo un oficio en que anuncia ser impracticable la exacción de los novecientos pesos que, estándoles señalados a esta Provincia por el gobierno español, se mandó continuar la misma entrega en puntual cumplimiento de lo prevenido por V.E. Las razones en que fundan la imposibilidad parecen justas si se atiende a que los principales vecinos de Valparaíso han sido los emigrados; pero el Cabildo ha manifestado que no estando en sus alcances alterar las prevenidas asignaciones, se ocurra a V.E. por la competente declaración; i como al citado señor Gobernador se le diga que oportunamente dará cuenta este cuerpo al Supremo Gobierno, lo ejecuta para que V.E. disponga lo que sea de su superior arbitrio.

Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala Capitular de Santiago, Mayo 13 de 1817. —Manuel Antonio Recabárren. —José Antonio de Campino. —Domingo de Eyzaguirre. —Manuel Valdés. —Manuel de Barros. —José Manuel Lecaros. —Excmo. Señor Supremo Director[1].


Excmo. Señor:

Para cumplir el Cabildo con las órdenes de V.E. relativas a la mensual exhibición que debe hacer el vecindario de esta capital, i los habitantes en las provincias de afuera, tuvo a la vista la lista individual que con el mismo objeto se formó en el tiempo del gobierno español; i siguiendo las ideas que le insinuó el Supremo Gobierno, señaló las cantidades que cada vecino creyó podía pagar. Para esta obra de la mayor gravedad, consagró el Cuerpo todos sus cuidados; pero como debían completarse los mismos veinte i un mil setenta i tantos pesos que los tiranos prefijaron a la capital, fué inevitable recargar a muchos de un modo que, si para el Cabildo le era sensible, no podia prescindir en fuerza de su comision. Aprobó V.E. esta exacción; i habiéndose repartido las listas particulares i la orden circular a las provincias, se han agolpado tantos recursos que no se halla un partido que elejir. El clamor del padre por la conservación de su familia, el llanto de la viuda por su orfandad, los conventos relijiosos por la minoración de ingresos, i el reclamo de cada una de las provincias por la decadencia de los bienes de fortuna de sus convecinos, i en una palabra, el desastre jeneral ha excitado la comportacion del Ayuntamiento. I si conoce los apuros del Erario, comprende también que ese difundido grito refluye ciertamente contra la causa por el desagrado de muchos individuos i por las angustias que otros lamentan. El Cabildo es el representante del pueblo, i si está obligado a manifestar sus sentimientos, quisiera encontrar un medio que, haciendo desaparecer las medidas opresivas que tomó la tiranía, diera lugar para que los hombres conocieran las ventajas del sistema de América, complaciéndose de la defensión de los derechos individuales i de que el primario objeto es consultar la felicidad de todo el Estado de Chile. Si los opresores recargaron a muchos vecinos con indecibles exacciones, seria útil que éstas se minoraran en el dia, de un modo que se guardara equilibrio con las urjencias del Erario i con los apuros de los particulares que realmente han quedado en decadente estado; i así es que, aunque se obligara a la mensual contribución, podria adoptarse el medio de que en la capital se sacara, por ejemplo, la mitad de los veinte i un mil i pico de pesos que exijia el gobierno español, i otra igual suma de las provincias de fuera; que el Cabildo en este caso podrá insinuar a V.E. algunos arbitrios para completar el déficit, o ya haciendo que la contribución se prolongue por mas tiempo, o yá meditando impuestos que pueden recaer sobre efectos que, no siendo de primera necesidad, vendrán a pagarse insensiblemente por la jeneralidad, sin quedar sujetos a estos reclamos que producen un jeneral descontento. Ello es, Señor Excmo., que si aún cuando la opresion se complacía en la desolación del país, llegó caso que no pudo colectarse la mensual contribución, i en los últimos meses ni aun con el temor de la tropa se recojian las asignaciones hallándose el Estado de Chile en mejor situación que la presente ¿cómo será posible sacar en el dia los veinte i un mil i mas pesos despues de haber quedado las casas desoladas i privadas de las preciosas alhajas que formaban el principal caudal de muchas? El Cabildo omite pasar a V.E. las muchas representaciones que


  1. Este documento, así como el que inmediatamente sigue, ha jido trascrito en el archivo del Ministerio de Hacienda, del tomo 164, titulado Miscelánea año de 1817-39. —(Nota del Recopilador.)